Autor: rafaeljimenezasensio

ALGORITMOS, ÉTICA Y TRANSPARENCIA

 

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“Los modelos son opiniones embebidas en matemáticas” (Paloma Llaneza)

“La segunda idea relevante tiene que ver con la forma de incluir valores a la superinteligencia (artificial). Con diferencia, este es el punto más delicado (José Ignacio Latorre)

Cuando se publicó la Ley de Transparencia (diciembre 2013), los problemas relativos a la ética pasaron de puntillas (el título II de la Ley fue un fiasco absoluto). Asimismo, en aquel momento el algoritmo apenas inquietaba, ya que la automatización aún no se hacía presente y la Inteligencia artificial estaba muy lejana todavía.

Prueba de que los acontecimientos se aceleran es que esa triada que enuncia esta entrada va tomando cuerpo cada día que pasa con más intensidad; también en el sector público, siempre renuente a cambios, adaptaciones y transformaciones. Conforme la revolución tecnológica vaya ocupando espacios cada vez mayores en la actuación de los poderes públicos, también administrativos, las preguntas se irán acumulando y la trazabilidad de los algoritmos será más necesaria para identificar responsabilidades de todo tipo. Un tema en nada menor.

Harari, en su reciente libro 21 lecciones para el siglo XXI (Debate, 2018), ya nos advierte de uno de los riesgos que presentan los algoritmos en su constante tendencia a hackear a los humanos, dado que “podrán manipular nuestras emociones con asimétrica precisión”. Si lo primero es preocupante, no lo es menos lo segundo: su asimetría.

Pero lo realmente grave de este fenómeno, ya imparable, es la tendencia de los algoritmos a transformarse en auténticas “cajas negras”, algo que adquiere particular relieve en el tratamiento masivo de datos o Big Data, así como en el emergente Internet de las cosas.

Hace ya algunos años Mayer-Schönberger y Cukier ponían el acento en que los datos masivos, eran auténticas “cajas negras”, que “no ofrecen ninguna rendición de cuentas, trazabilidad o confianza”. Eso es algo que también nos ha recordado recientemente el sugerente libro de Paloma Llaneza titulado Datanomics (Todos los datos personales que das sin darte cuenta y todo lo que las empresas hacen con ellos, Deusto 2019), en donde ya sin ambages se hace eco de que los modelos matemáticos sobre los que se sustentan los algoritmos no son neutros, pues al fin y a la postre tales modelos, en determinadas circunstancias, pueden llegar a convertirse, tal como expuso en su día O’Neil, en “matemáticas de destrucción masiva”. En efecto, según nos recuerda en el libro indicado, “algunos algoritmos informáticos ya han exhibido prejuicios, como el racismo y el sexismo, basados en el aprendizaje de registros públicos y otros datos generados por humanos”. De ahí que deduzca su autora que nos encontramos de nuevo ante verdaderas “cajas negras”. Pero con la cualidad agravada de que en no pocos casos se cierra el acceso a sus contenidos alegando razones tan peregrinas como el secreto empresarial o la propiedad intelectual, como ahora veremos. Unos pretendidos límites al acceso a esa información que, de no interpretarse correctamente y con fuerte carácter restrictivo, pueden actuar como freno al acceso a la información pública recogida en la Ley de Transparencia antes citada. Y con consecuencias demoledoras.

Por eso, concluye Paloma Llaneza, “la transparencia algorítmica es tan importante”. Y, efectivamente, desde el punto de vista de garantías de los derechos y libertades que asientan el Estado Constitucional Democrático, esos modelos matemáticos que sustentan los algoritmos no pueden ser “cajas negras inescrutables”, pues ello conllevaría desapoderar a la transparencia como instrumento central de control del ejercicio del poder y dejar sin protección los derechos de la ciudadanía. Conforme la automatización de las Administraciones Públicas vaya creciendo exponencialmente, los problemas de control de los programas que se apliquen los tratamientos automatizados serán cada vez mayores y requerirán un escrutinio cada vez más intenso que sea capaz de definir su trazabilidad. La transparencia pública se juega su futuro en esta intensa y desigual batalla, pues la Administración apenas dispone de conocimiento interno para hacerla efectiva. Está, al menos hoy en día, totalmente en manos del mercado.

Hace algunos meses CIVIO hizo pública la impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa de una denegación de acceso a la información pública que tenía como base la mala aplicación de un sistema automatizado de adjudicación del bono social eléctrico (Ver: https://bit.ly/326pxNp), porque la citada entidad tras algunos análisis efectuados tenía fundadas sospechas de que el programa llevaba a cabo decisiones erróneas con perjuicios para determinadas personas. Solicitaban, así, tener acceso al “código fuente” (a la “caja negra” del programa) para identificar su diseño y detectar, en su caso, su trazado. Tanto la Administración del Estado como el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en este caso en una polénica resolución CTBG-CODIGO FUENTE-R-0701-2018,  denegaron ese acceso a tal información (código fuente) basándose en el límite de que tal acceso afectaba a la propiedad intelectual, lo que así expuesto puede tener unas consecuencias letales para los derechos de la ciudadanía (en este caso de un colectivo especialmente vulnerable). La voz ahora la tienen los tribunales de justicia. Una decisión judicial que, sin duda, será de enorme trascendencia futura.

La batalla no ha hecho más que empezar y será larga, así como cruenta, pues las resistencias “culturales” (organizativas y empresariales) son enormes y la legislación muestra una inadaptación brutal a una revolución tecnológica que se está colando de rondón silenciosamente en los procedimientos administrativos y en las resoluciones que los ultiman. Es la actuación silente y letal del algoritmo en la vida y derechos de los ciudadanos. También en la Administración Pública, como el Derecho Administrativo comienza a percibir recientemente. Si, como reconoció Lassalle (Ciberleviatán, 2019), “el algoritmo se ha convertido en la práctica en el sustituto de la Ley”, algo habrá que idear para que el Estado de Derecho no se quiebre como consecuencia del reinado del algoritmo. La lucha por su transparencia y trazabilidad es, así, una tarea pendiente e inaplazable. Aunque, en no pocos casos, con la llegada del Internet de las cosas (5 G) el problema se acreciente y conforme se avance en ese proceso sea más complejo determinar esa trazabilidad hasta determinar su origen. Algo habrá que inventar para evitar ese borrado fáctico. Todo por hacer.

Este es un problema que analizó con rigor José Ignacio Latorre en su excelente libro Ética para las máquinas (Ariel, 2018). Pues si bien es cierto que la transparencia es un presupuesto inevitable para paliar en la medida de lo posible la afectación directa o lateral a los derechos de la ciudadanía, también sobre aquellos derechos que tienen carácter de prestación, no lo es menos la imperiosa necesidad de “iniciar un proceso de legislación sobre el uso de los robots”. Como reconoce este autor, “la inteligencia artificial avanzada plantea problemas legales y éticos que requieren la colaboración de todas las visiones de la sociedad”. Tal como concluye: “La inteligencia artificial debe ser programada con ciertos principios plasmados en su código”. Es lo que se llama como “carga de valores” de un programa artificial.

Tales declaraciones de principios ya han sido incluso codificadas en algunos casos y han terminado influyendo en determinados ámbitos normativos. También el Grupo Europeo de Ética de la Ciencia y de las Nuevas Tecnologías ha formulado una serie de principios que debería inspirar las legislaciones de los diferentes Estados. Allí no solo se ahonda en la dignidad humana y en otros principios eje del Estado constitucional democrático, sino que se sitúa el acento en ámbitos clave como “la seguridad emocional con respecto a la interacción humano-máquina”, tal como expone Latorre.

La Unión Europea dio luz asimismo en 2017 a la Declaración de Tallin, que muy colateralmente todavía aborda esta cuestión (y que se analiza por Concepción Campos Acuña en un reciente trabajo: https://bit.ly/31QIaUP). Y, en fin, el documento de la Comisión Europea Inteligencia Artificial para Europa [COM (2018) 237 final], muy preocupado por los impactos económicos de tal proceso en los países miembros, también se hace eco tibiamente de esta problemática en su apartado “Garantizar un marco ético y jurídico adecuado”. Pero aún se dista mucho de sentar bases efectivas para afrontar ese enorme reto, tal como lo enunciara el profesor José Ignacio Latorre. Por su parte, Carles Ramió, en su libro Inteligencia artificial y Administración Pública (Catarata, 2019), también se hace eco de algunos retos que en materia de ética se plantean en ese ámbito.

En fin, por lo que a nosotros compete, solo hace falta que ese legislador durmiente acunado por el eterno gobierno en funciones despierte de su largo letargo y comience a asumir la transcendencia que los temas de ética y transparencia tienen en los procesos de automatización administrativa para el común de los mortales que nos relacionamos con los poderes públicos, articulando una verdadera protección de sus derechos frente a actuaciones que se basan en códigos fuente configurados como auténticas cajas negras y que han sido confeccionados habitualmente por empresas tecnológicas externas a las Administraciones Públicas sin un previo establecimiento de exigencias éticas, así como sin prever ningún tipo de medidas de acceso efectivo al diseño y ejecución de los programas informáticos. Cabe defender, en todo caso, que el propio RGPD puede dar algunos elementos en esa línea de defensa vinculada con la transparencia, cuando obliga a facilitar –al menos a los interesados- toda la información relativa a decisiones automatizadas y, en particular, “la información significativa sobre la lógica aplicada”. Esto es algo que se debería objetivar preservando, sin duda, los datos personales de los afectados, con la finalidad de conocer a ciencia cierta la “cara oculta” de tales tratamientos automatizados, si la hubiere, y qué consecuencias o efectos tiene en las decisiones administrativas.

Así pues, la lucha por la integridad y transparencia en la actuación de las Administraciones Públicas tiene un enorme desafío, al que se deberá hacer frente, con un conjunto articulado y plural de medidas normativas y de otro carácter, que cuanto antes se pongan en marcha mejor. Por el bien de todos y por el bien del Estado Democrático. El control del poder en un futuro inmediato se dirimirá en buena parte en ese terreno de los datos y del tratamiento automatizado de estos, cuando no de la propia Inteligencia Artificial.

Al fin y a la postre, como dice con acierto Paloma Llaneza, los algoritmos son algo así como “recetas de cocina”. Y es muy importante conocer qué ingredientes llevan, cómo se mezclan y quién es la persona que los “ha cocinado”, así como con qué principios culinarios se tratan. La salud democrática y los derechos más báscios de las personas están en juego.

 

PROTECCIÓN DE DATOS, RESPONSABILIDAD SANCIONADORA Y EMPRESAS PÚBLICAS

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El duro régimen sancionador que se impuso por el RGPD fue atemperado en sus efectos por la LOPDGDD, cuando sus destinatarios son (entre otras entidades) Administraciones Públicas, organismos públicos dependientes de aquellas, consorcios o fundaciones públicas. El artículo 77 LOPGDD impuso, así, lo que he denominado en otro lugar como un régimen blando en materia sancionadora de protección de datos para las entidades del sector público. Pero no para todas, puesto que las sociedades públicas no se ven amparadas por tan generoso paraguas.

Es cierto que el RGPD, en su artículo 83.7, ya preveía que “cada Estado miembro podrá establecer normas sobre si se puede, y en qué medida, imponer multas administrativas a autoridades y organismos públicos establecidos en dicho Estado miembro”. Ese margen de configuración normativa ha sido utilizado por la LOPDGDD en los términos indicados.

El fundamento de ese régimen sancionador singular está en la imposibilidad material de imponer sanciones pecuniarias a entidades que dependen, directa o indirectamente, de la propia Hacienda Pública (no así a sus responsables, como ya hacen algunas leyes de transparencia), lo que podría ir en perjuicio de los propios ciudadanos. En todo caso, ese razonamiento se quiebra cuando se deja extramuros del propio régimen sancionador singular a las citadas sociedades mercantiles de capital público, pues al fin y a la postre, directa o indirectamente, un número importante de tales empresas dependen para su subsistencia de las inyecciones financieras de los diferentes presupuestos públicos. Y viven de ellas.

El artículo 77.1 LOPDGDD, siguiendo el esquema de la LOPD de 1999, establece que la única sanción aplicable a las entidades públicas que allí se citan es la de apercibimiento, aunque regule algunas otras consecuencias sancionadoras, más bien livianas, en materia de transparencia para aquellos responsables públicos de administraciones o entidades que incumplan la normativa en protección de datos. También permite teóricamente a la autoridad de control la iniciación de actuaciones disciplinarias cuando existan indicios suficientes para ello, adoptando en este caso el régimen disciplinario “que resulte de aplicación” (¿qué régimen resulta de aplicación cuando los responsables del tratamiento son cargos públicos?).

Lo cierto es que la vulneración en materia de protección de datos personales tiene, en esas entidades del sector público, un régimen sancionador mucho más blando que el existente en el ámbito del sector privado, dando la impresión de que se ha impuesto en la LOPDGDD una suerte de aplicación efectiva de la protección de datos de carácter personal a dos velocidades: muy exigente (al menos en cuantías) para el sector privado y muy tibia o aparente para el sector público (como si la vulneración de ese marco normativa fuera leve en este caso y muy grave en el otro). Dicho de otro modo: los datos personales en el ámbito público son, al parecer, de “otra pasta” menos relevante, pues se pueden pisotear con mayor facilidad. Algo que podría tener consecuencias de otra índole que ahora no toca abordar.

La LOPDGDD coloca así, al menos en apariencia, a las sociedades mercantiles de capital público en una situación paralela al resto de sociedades privadas en lo que a aplicación del régimen sancionador respecta. Por tanto, cabría concluir que las sociedades públicas deberán tener un exquisito cuidado, similar al existente en el ámbito privado, en aquellos casos en que lleven a cabo un tratamiento de datos personales (pues el “mazo sancionador” puede recaer sobre sus cabezas), aplicando con rigor el binomio normativo RGPD-LOPDGDD. Y ello, en efecto, por un sencillo motivo: al quedar inicialmente extramuros del régimen sancionador singular establecido en el artículo 77 LOPDGDD, las posibles infracciones que cometan en materia de protección de datos personales podrían ser objeto de fortísimas sanciones pecuniarias en los términos establecidos en el RGPD y en la citada Ley Orgánica. Con lo cual, indirectamente, la afectación a la Hacienda Pública sería obvia, pues tales sanciones deberían cubrirse con los recursos de la respectiva empresa, pero en última instancia podrían revertir sobre el estado o saneamiento de las cuentas públicas de la Administración matriz a la que tal empresa estuviere adscrita.

Ni que decir tiene que ese modelo diseñado por la LOPDGDD para el sector público carece de un diseño coherente. Más aún si se observa que, en la sistemática de la Ley, ese tratamiento diferenciado excluyente de tales empresas públicas no se da en todos los casos. En efecto, si se analiza la disposición adicional primera de la LOPDGDD se observará con claridad que, en la aplicación de las medidas de seguridad del Esquema Nacional de Seguridad a los tratamientos de datos personales, la norma no solo se aplica a los responsables enumerados en el artículo 77, sino también se afirma que deberán “impulsar un grado de implementación de medidas equivalentes en las empresas o fundaciones vinculadas a los mismos sujetos al Derecho privado”. En este caso, no se diferencian, por ejemplo, fundaciones y empresas públicas, algo que sí hace, paradójicamente, el artículo 77, dejando extramuros de su ámbito de aplicación a las sociedades mercantiles, pero integrando en su aplicación a las fundaciones. Paradojas.

Nadie duda, tampoco el legislador, de la pertenencia de las sociedades mercantiles de capital público al sector público dependiente de una Administración matriz. Asimismo, nadie duda de que tales empresas públicas son parte de ese sector público empresarial de la respectiva Administración Pública, que se nutre, en más ocasiones de las deseadas, de inyecciones presupuestarias directas o indirectas. Por tanto, lo que sea de su vida financiera, en este caso por la imposición de sanciones de cuantías potencialmente elevadísimas, no es un asunto baladí para el estado final de las cuentas públicas de la entidad de la que dependen.

Algo parece fallar, por tanto, en ese esquema diseñado por el legislador orgánico. Pero, realmente, el asunto puede comenzar a desdramatizarse sobre todo en aquellos casos en los que las empresas públicas, siempre que reúnan las exigencias establecidas en el artículo 32 de la Ley 8/2017, de 9 de noviembre, de contratos del sector público, tengan la condición de medios públicos personificados de una Administración matriz o de entidades dependientes o vinculadas de ésta.

En efecto, y aunque el tema requeriría un análisis que en esta breve entrada no puede hacerse, parece obvio que en tales casos las responsabilidades derivadas de un tratamiento de datos personales no se podrían hacer descansar exclusivamente sobre la empresa pública en aquellos casos en que la sociedad mercantil actúa a través de un encargo a medios propios personificados realizado por otra entidad, pues en tal supuesto esa sociedad mercantil tiene una condición vicarial o instrumental que se visualiza en aquellos casos en que los fines, objeto y condiciones, así como las instrucciones y mecanismos de supervisión del respectivo tratamiento se definan por la Administración matriz que lleva a cabo el citado encargo.

Esa posición de medio propio personificado de una sociedad mercantil de capital público no deja de ser, a nuestro juicio, un factor determinante a la hora de aplicar el régimen sancionador establecido en el RGPD-LOPDGDD, sobre todo en aquellos supuestos en los que se identifique la comisión de una determinada infracción como consecuencia de un tratamiento de datos personales que tenga su fuente en un encargo a medio propio personificado. Necesariamente se habrá de tener en cuenta en condición de qué actúa o interviene la citada sociedad (por un lado, si es responsable o encargado del tratamiento); pero al margen de todo ello, si la actuación de la mercantil deriva directamente del encargo a medio propio personificado parece obvio que la condición dominante será la de encargado del tratamiento y, en todo caso, se habrán de redirigir las responsabilidades sancionadoras (salvo que aquellas procedan exclusivamente de un incumplimiento del encargo o de las medidas técnicas y organizativas aplicadas en cada caso) a la entidad que ha definido los fines y determinado las instrucciones del tratamiento de datos personales y no a quien cumple un papel estrictamente vicarial o instrumental. No cabe olvidar en ningún caso que la composición de los órganos de gobierno de tales sociedades mercantiles de capital público está directamente condicionada por la representación política o directiva de la administración o administraciones que constituyeron aquellas. Por tanto, no deja de haber mucho de ficción en el planteamiento del legislador orgánico y en esa pretendida similitud entre sociedades mercantiles de capital privado o público.

En cualquier caso, todo lo anterior implica que se ha de tener un cuidado especial en la redacción de los encargos a medios propios personificados a la hora de prever el todos aquellos aspectos que se refieran a la protección de datos personales. Lo habitual, salvo excepciones singulares que puedan existir, es que quien encarga define los fines y objeto del tratamiento, mientras que quien es encargado está sujete a un “control análogo” al existente sobre los propios servicios y unidades de la Administración matriz. La condición de encargado del tratamiento puede asumirla un determinado órgano de la Administración (artículo 33.5 LOPDGDD), pero también cabe deducir que un medio propio personificado (artículo 32.2 LOPDGDD), con un régimen diferenciado en este caso al del sector privado. Por tanto, en ese supuesto, quien encarga adquiere habitualmente el rol de responsable del tratamiento, mientras quien ejecuta tal encargo, en los términos establecidos, debería responder por lo común a la condición de encargado del tratamiento. Una interpretación conjunta y ordenada del sistema jurídico así lo avalaría. En pura lógica, al menos en la dimensión sancionadora, no parece coherente que responda de un tratamiento de datos personales (menos en su dimensión sancionadora) quien no ha definido los fines u objeto del tratamiento. Otra cosa es, como antes se decía, que responda por no aplicar correctamente las medidas técnicas y organizativas o de seguridad imprescindibles para aplicar correctamente el RGPD y la LOPDGDD o, en su caso, incumplir el encargo realizado. Pero eso es otro problema.

En fin, esta interpretación esbozada en estas páginas no resuelve las contradicciones creadas por el legislador orgánico, pero al menos las atenúa. Bien es cierto que las empresas públicas que no actúen en cada caso puntual como medios propios personificados de otras Administraciones no podrán acogerse a este posible “salvavidas”. Y los problemas irán apareciendo conforme la aplicación del régimen sancionador previsto en el RGPD por parte de la autoridad de control competente vaya focalizando su atención también sobre el sector público y, más concretamente, sobre las empresas públicas. Entonces se tomará conciencia, tal vez, de la dimensión del nudo creado por la normativa hoy en día vigente, así como se irán alumbrando posibles soluciones.

TIEMPO PERDIDO (El retorno de las turbulencias sobre el empleo público)

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“En nuestra historia más reciente los políticos reformistas no abundan y de ahí que tantos problemas se enquisten””

(Miguel Sánchez Morón Las Administraciones españolas, Tecnos, Madrid, 2018.p. 260)

 

Sobre el futuro inmediato de la función pública (o del empleo público) se proyectan algunas sombras que emborronan el horizonte y pueden dificultar la puesta en marcha de las imprescindibles e inaplazables medidas de adaptación que exigen la inmensa mayoría de la organizaciones públicas para hacer frente a los innumerables retos que asedian aquella institución (envejecimiento de plantillas, escasa tecnificación, temporalidad creciente, ausencia cada vez mayor del principio de mérito e igualdad, baja profesionalización, limitada productividad, sistemas selectivos obsoletos, elevada politización por la zona alta de la función pública, un sindicalismo voraz en derechos y anoréxico de responsabilidades, los desafíos inaplazables de la revolución tecnológica y el nuevo perfil de empleos ante la desaparición de innumerables tareas rutinarias, etc.), pues el empleo público es muy sensible a los contextos de crisis, tanto económica como institucional o social.

La primera de esas sombras o turbulencias identificadas es la desaparición de la escena de un Gobierno central (hoy en día eternamente en funciones) que impulse una política presupuestaria y las reformas legislativas que son necesarias para adecuar el empleo público a las necesidades de un entorno rápidamente cambiante y en constante transformación. El marco normativo que rige el empleo público está totalmente obsoleto y es altamente disfuncional, creando muchos más problemas que los que debe resolver y dando “munición” a los tribunales de justicia para que se pongan “creativos” (en ocasiones puntuales “destructivos”) proyectando sus dardos (sentencias) sobre un sistema institucional que, en lo que respecta a la gestión de personas, amenaza ruina inminente. Estamos, además, regidos aún por los Presupuestos Generales del Estado de 2018, impulsados por el Gobierno entonces del Partido Popular, y hoy en día prorrogados, también casi eternamente. Eran unos presupuestos dictados entonces por un ciclo declinante, pero aún vivo, de contención fiscal. Hubo, sin embargo, en el contexto económico un breve repunte que no tuvo reflejo en Presupuesto del Estado alguno, ni lo tendrá a corto plazo, pues muy probablemente (en el mejor de los casos) hasta mediados de 2020 no tendremos aprobados los próximos presupuestos. Y entonces todo el escenario económico habrá cambiado. Ya está cambiando. Seguimos con Presupuestos de crisis y las próximas cuentas públicas todo apunta que también lo seguirán siendo, al menos de contención, pues las turbulencias de otra recesión acechan en el horizonte.

En efecto, la segunda sombra, vinculada con la anterior es, sin duda, la anunciada recesión económica que amenaza con afectar (ya está afectando) a varias potencias europeas de primer nivel como es Alemania (junto con el eterno Brexit) y que, de ser así, se contagiará, con mucha mayor fuerza y poder destructivo, sobre economías periféricas como es la nuestra, cuya debilidad para resistir otro embate de recesión o crisis financiera puede ser sencillamente letal, aumentando el efecto distorsionador por la ausencia de Gobierno (o por nuestro afán colectivo de fomentar el no Gobierno) y por la no aprobación de unos Presupuestos Generales del Estado para 2020 que, en plazo, hicieran frente a ese duro contexto que ya está comenzando a mostrar sus peores pronósticos (pues, tal como decía, cuando los PGE se aprueben, si es que se hace, ya será tarde y la recesión devorará los recursos de las administraciones públicas, comenzando de nuevo la noria de hacer frente a un nuevo contexto de crisis fiscal cuando aún no se ha cerrado el anterior). Quien piense que esto no afectará a la debilitada y frágil institución del empleo público, probablemente sueña. En efecto, si se confirma como todo apunta la recesión o se entra en crisis, el probable (y suicida) retorno a una tasa bajo mínimos de reposición de efectivos (con todos los efectos disfuncionales que tiene esa figura para desarrollar una política eficiente de recursos humanos sobre un empleo público ya paupérrimo y unas plantillas gravemente envejecidas) o la congelación de nuevo de los incrementos retributivos, cuando no la adopción de otras muchas medidas adicionales exploradas en la larga noche de crisis fiscal vivida en estos últimos diez ejercicios presupuestarios, tales medidas de ajuste retrasarán sine die la salida del túnel de la situación de crisis del empleo público, dejando tras de sí una institución completamente endémica. Sus efectos serán devastadores y lo que salga de allí, si no se adoptan medidas paliativas o cambios radicales en la política presupuestaria, puede ser una función pública mucho más debilitada de la que nos dejó como herencia la larga crisis fiscal iniciada en 2008. En verdad, lo único que hicimos durante los últimos años en materia presupuestaria vinculada con las políticas de recursos humanos es perder solemnemente el tiempo, aplicando medidas absurdas (tales como aplicar tozudamente la tasa de reposición, sin ahorro efectivo alguno) que se ha convertido en un mantra de política presupuestaria que se saca a pasear en épocas de crisis, sin ninguna reflexión detrás sobre sus efectos secundarios.

Y en fin, la tercera sombra radica en una terrible percepción de la ciudadanía española que entroniza el falso igualitarismo, una tendencia que denota escaso o nulo aprecio por la cultura del mérito y tiene, asimismo, efectos devastadores en su aplicación a la función pública. Recientemente, la Fundación BBVA ha impulsado la elaboración de un Estudio Internacional cuyo título es el siguiente: Valores y actitudes en Europa acerca de la esfera pública. En este importante estudio (que con otro objeto resalto también en la entrada anterior de este Blog dedicada a la Agenda 2030) se comparan las actitudes y percepciones que tiene la ciudadanía de cinco países de la Unión Europea, que ofrecen ciertas similitudes (salvando las distancias) en términos poblacionales. Se trata de Alemania, España, Francia, Italia y el Reino Unido. Pues bien, cuando se analizan cuáles son las percepciones de la ciudadanía de esos países en relación con la “distribución de ingresos”, se advierte que “en cuatro de los cinco países analizados (Alemania, Francia, Italia y el Reino Unido), los ciudadanos consideran que las diferencias en los ingresos son necesarias en función del nivel de formación, posición que se acentúa en el Reino Unido, Francia y Alemania”. Parece obvio, por tanto, que a mayor talento y formación se abonen mejores retribuciones, al menos eso es así en las democracias más avanzadas, lo que no es nuestro caso. En efecto, como indica expresamente el Estudio, “España es el único país que se aleja de ese patrón: las opiniones se dividen entre ambas opciones, con ligera ventaja de quienes defienden el equilibrio en los ingresos con independencia de la cualificación”. Esa mayoritaria percepción ciudadana que penaliza indirectamente la mayor cualificación y formación se basa sobre un igualitarismo falso, que siempre encuentra además su cobertura en una pretendidamente inagotable (y también falsa a todas luces) capacidad presupuestaria de “papá Estado”, tiene su despliegue evidente (añadiría más, su gran arraigo) en el sector público, donde efectivamente las diferencias retributivas tienden a estrecharse y donde, además, está mal visto pagar diferente a quien desempeña las tareas de modo distinto o sencillamente a quien no trabaja. La gestión de la diferencia es una política penalizada y denostada en nuestro sector público. Y así va.

Esta percepción ciudadana es un mala fotografía de ese estudio comparativo que coloca a España en una posición francamente incómoda en relación con otros países. Y ese es probablemente uno de los puntos más críticos que hace del empleo público una institución altamente ineficiente en términos productivos. Convendría repensar profundamente esas equivocadas bases de percepción del problema, pero ello exigiría hacer partícipes de ese diagnóstico a los agentes sociales, algo hoy por hoy impensable. Su bandera “igualitaria” está muy asentada y es fruto de un modelo radicalmente injusto y periclitado.

En cualquier caso, no parecen venir buenos tiempos para la lírica siempre olvidada de las reformas en la función pública. Antaño, las crisis económicas eran una ventana de oportunidad para reformar el empleo público y adaptarlo a las necesidades del momento. Hemos tenido una larga y devastadora crisis que ha durado prácticamente una década y, sin embargo, solo hemos sabido hacer durante ese largo invierno fiscal “ajustes y no reformas” (como apuntara hace años Koldo Echebarría). Se ha perdido el tiempo de forma inexcusable. Y ahora las sombras o turbulencias, esperemos que pasajeras, amenazan de nuevo. Y nos cogen con las defensas muy bajas. Con un empleo público en crisis, “sin timonel” (como reconocía recientemente el presidente de FEDECA), sin valores de referencia (esto es, desorientado) y con prácticamente todo por hacer. Y, además, con muy poco tiempo para reaccionar. De no dar un golpe de timón, la institución de función pública, tal como la hemos conocido tradicionalmente, puede estar viviendo sus últimos años. Crucemos los dedos.

MÁS SOBRE LA AGENDA 2030: DESARROLLO SOSTENIBLE Y PERCEPCIÓN CIUDADANA

 

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“La ‘Nave Espacial Tierra’ se desplaza por el vacío a toda velocidad, sus pasajeros están inquietos e irritables. Su sistema de soporte vital es vulnerable frente a las perturbaciones y las averías. Pero hay demasiada poca planificación, demasiada poca consciencia de los riesgos a largo plazo. Sería vergonzoso que legáramos a las generaciones futuras un mundo exhausto y peligroso”

(Martin Rees, En el futuro. Perspectivas para la humanidad, Crítica, 2019, p. 180)

“Un cuerpo organizado es una ciudad que solo existe y subsiste gracias a la unión y la solidaridad perfecta de los seres vivos que la componen”

(Alain, El ciudadano contra los poderes, Tecnos, 2017, p. 289)

 

La puesta en marcha (dejemos de lado el horrible anglicismo de “implementación”, hoy en día tan extendido) de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 es, como vimos en la entrada anterior, un reto de los diferentes los gobiernos y de todas las administraciones públicas, también de las locales. Nadie lo pone en duda. La inserción de tales ODS en los programas de los distintos niveles de gobierno comienza a ser una realidad, aunque haya aún un trabajo enorme por hacer.

En esta entrada solo quiero llamar la atención sobre otro importante aspecto de la citada Agenda 2030, algunas veces recordado, pero las más olvidado. ¿Cuál es el papel de la ciudadanía en la efectividad de los ODS?, ¿su papel ha de ser de mera receptora de los objetivos y metas que se desplieguen institucionalmente o ha de jugar, en cambio, un rol de agente activo en su logro?, ¿está interiorizado por la población la importancia y sentido que tiene la Agenda 2030?, ¿cómo mejorar su conocimiento y estimular el necesario compromiso ciudadano para la adopción de todas aquellas medidas que ayuden a su concreción?

Nadie que conozca mínimamente los ODS podrá obviar la trascendencia que tiene las conductas, actitudes o comportamientos de la ciudadanía (dejemos ahora de lado las empresas u otro tipo de organizaciones), en la efectividad de sus metas y medidas. Sin ánimo alguno de exhaustividad, pues ello requeriría un análisis holístico y de multiplicidad de supuestos fácticos que aquí no puede hacerse, solo cabe confirmar que buena parte de las conductas cotidianas que todas las personas ejercemos al cabo del día inciden en mayor o menor medida (según los casos) para alcanzar (o no) el cumplimiento de los ODS en cada nivel de gobierno o en un espacio vital determinado. En efecto, por solo citar algunos casos, es obvio que determinados comportamientos ciudadanos ayudan y refuerzan la Agenda 2020. Valga con algún ejemplo: la ayuda solidaria para reducir la pobreza, el desarrollo de hábitos nutricionales saludables, llevar a cabo una vida sana, reciclar adecuadamente los residuos domésticos, eliminar o reducir a la mínima expresión las bolsas y envoltorios de plástico, optar por la movilidad sostenible caminando o utilizando la bicicleta frente al uso de otros medios de transporte más contaminantes, hacer uso preferente de los transportes públicos, dar preferencia al tren en la movilidad de larga y media distancia, comprometerse activamente con la igualdad de género y contra cualquier discriminación, combatir solidariamente y mediante el rechazo activo las desigualdades existentes en cada medio social, optar por las energías renovables, desarrollar prácticas efectivas de consumo y compra sostenible, cuidar exquisitamente el medio ambiente en todas sus dimensiones, participar en la toma de decisiones y jugar un papel activo en el control y seguimiento del funcionamiento de las instituciones que han de poner en marcha tales retos, promover la justicia social, así como un largo etcétera. En fin, podríamos continuar haciendo el listado casi interminable. No se trata de eso.

La tarea que se hace descansar sobre las espaldas de la ciudadanía es ciertamente hercúlea. Necesitará ayudas (programas) institucionales consistentes para llevarla a cabo. Y hay que ser realistas sobre su gradual internalización, pues las personas perciben los problemas de forma dispar dependiendo de su grado de consciencia y de educación o de sensibilidad sobre cuestiones aparentemente poco inmediatas. Pero si bien los ciudadanos pueden contribuir activamente al cumplimiento de tales ODS, también es cierto que con sus conductas y comportamientos pueden hacer cuesta arriba (o sencillamente imposible) que tales objetivos se alcancen, ni siquiera mínimamente. No es fácil transitar de un ciudadano pasivo o nada concienciado, a un ciudadano activo o militante de una causa que nunca será compartida totalmente (muchas veces por desidia o comodidad, cuando no por ignorancia o por razones más mundanas), por buena parte del demos. No hay que llamarse a engaño, en una sociedad exageradamente consumista e individualista, ensimismada tecnológicamente, solo la constatación fáctica (no diferida) de una afectación directa y evidente a su bienestar inmediato producirá cambios reales en la forma de encarar el problema.

El nudo gordiano reside, en nuestro entorno, en dos cuestiones. Por cierto nada menores. La primera es el alto nivel de desconocimiento que tiene la población española sobre la Agenda 2030 y los ODS. En una entrevista realizada hace unos meses al Director del Alto Comisionado para la Agenda 2030, a la sazón el Sr. Federico Buyolo, publicada en una página Web, este cargo público daba un dato nada menor. A la pregunta del entrevistador de si era un 40 % de la población quienes conocían los ODS de la Agenda 2030, respondía: “Pues ojala fuera ese 40%, pero no van por ahí los datos. Hemos hecho dos encuestas, una en enero y otra en febrero (se refiere a 2019). En enero nos daba una cifra de conocimiento del 10,8% y en febrero, del 13,1%. Es un índice muy bajo”. Sobran palabras. Tal vez ello explique también, al menos en parte, por qué las movilizaciones estudiantiles frente al cambio climático están teniendo un eco tan bajo en nuestro entorno frente a otras que se desarrollan en diferentes países con una conciencia más acusada de tales desafíos. El ecologismo nunca ha cotizado al alza en la política española, como es bien sabido. Algún día cambiará esa percepción. Tal vez, desgraciadamente, la cadena de catástrofes que estamos sufriendo “ayuden” a ello. Pero no limitemos la Agenda 2030, una tendencia también muy común, a los problemas medioambientales. Debe comprenderse de forma más integral a través de cuatro ejes de actuación: medio ambiente, economía, sociedad y, como elemento de cierre, instituciones de Buena Gobernanza (ODS 16). Sobre eso ya tratamos en la anterior entrada.

La segunda es el desarraigo o desvinculación hacia lo público que muestra la ciudadanía en España, donde paradójicamente se hace descansar exclusivamente la responsabilidad del funcionamiento de la sociedad solo en esas devaluadas instituciones, adoptando las personas una actitud ajena y solo receptora pasiva de prestaciones y servicios. La responsabilidad individual está muy ausente, entre nosotros. La bulimia de derechos y anorexia de valores planea de nuevo, esta vez sobre la sociedad y sus individuos. Y ello lo constata un reciente estudio comparativo realizado por el BBVA entre las sociedades de cinco países europeos cuyos resultados han sido muy difundidos en diferentes medios de comunicación. El estudio lleva por título: Valores y actitudes en Europa acerca de la esfera pública (BBVA, septiembre 2019). Se trata aún de una entrega provisional, con innumerable información sobre diferentes ámbitos de la vida política, económica y social de tales países, que requeriría un análisis detenido, pues hay aspectos de muchísimo interés en esos datos comparativos, que además nos pueden dar una medida de cómo es la sociedad española, en qué se asemeja con las democracias europeas más avanzadas, dónde las supera (también hay algún aspecto) y en qué espacios las actitudes ciudadanas muestran, sin embargo, debilidades manifiestas y están por debajo de las que se dan en Alemania, Reino Unido, Francia o Italia. A tal efecto es oportuno resaltar que cuando en el citado Informe se trata del apartado de “Responsabilidad del Estado y responsabilidad individual”, se constata fehacientemente que “el papel que se le atribuye al Estado en asegurar las condiciones de vida digna de los ciudadanos es una dimensión fundamental de la cultura política en Europa”. Pero hecha esta constatación general, destaca sobremanera el dato de que la ciudadanía de España por amplia mayoría (solo seguida de cerca por Italia, y muy lejos por el resto) “considera que es el Estado y no cada individuo quien tiene la responsabilidad principal de asegurar tales condiciones de vida. También la mayoría de la ciudadanía española, a diferencia del resto de los países analizados, “cree que todavía resulta posible revertir el cambio climático” (pero cabe presumir que lo debe hacer el Estado). Por tanto “papá Estado” sigue siendo quien debe promover esa mejora de las condiciones de vida sociales, nunca los ciudadanos, que adoptan un papel pasivo. Todo dicho.

Solo con estas dos huérfanas referencias, a mi juicio suficientemente evidentes, se puede constatar el trabajo ímprobo que, en materia de información, sensibilización y toma de conciencia, queda hacer por parte de las instituciones responsables para lograr que la ciudadanía haga suya esa necesidad de interiorizar y actuar de conformidad con los ODS derivados de la Agenda 2030. En esta batalla el sistema educativo tiene un reto monumental, aunque algunas acciones ya está aplicando en determinados ámbitos, pues ello es preparar el futuro y a las nuevas generaciones (cabría presumir que las más sensibilizadas con estos problemas, aunque a veces los datos lo desmientan, ya que son quienes “heredaran” la alta factura). Pero la batalla principal se encuentra en cómo llegar no a aquellos ciudadanos que están escolarizados, son universitarios o forman parte de empresas, instituciones u organizaciones (donde la formación y difusión de los ODS, más tarde o temprano, será continua e intensa), sino en particular cómo “tocar la sensibilidad” del común de los mortales y hacerles cambiar consciente y gradualmente sus hábitos de conducta y de comportamiento, pues en caso contrario las generaciones futuras se encontrarán un mundo difícilmente habitable.

¿Qué pueden hacer, en este contexto, las instituciones y los poderes públicos? No cabe duda que muchas cosas, entre ellas promover como promueven jornadas de sensibilización o participación ciudadana en eventos o celebraciones de «días aislados» que reivindican un cambio de hábitos y actitudes en la ciudadanía (el domingo 22 de septiembre, sin ir más lejos centenares de ciudades españolas celebraron el día mundial sin coches). No obstante, al lunes siguiente las calles se han vuelto a llenar de este tipo de vehículos. Están muy bien este tipo de iniciativas y son necesarias. Pero la cuestión es más difícil, pues llegar a la inmensa mayoría de la población no es asunto sencillo, menos aún transmitirle innumerables objetivos y retos como los que aparecen reflejados en la Agenda 2030. Por tanto, se hace necesario impulsar unas políticas (principalmente municipales, aunque no solo) que sean creativas y participativas, así como que sobre todo lleguen a la ciuadanía. Hay que promover Cartas de compromisos institucionales y ciudadanos con la Agenda 2030 y con los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Y estos acuerdos deben ser asumidos por las instituciones y compartidos de forma efectiva por la ciudadanía, promoviendo que los hagan suyos día a día, además revisarse periódicamente (con escala gradual). Esas Cartas de compromisos deben ser instrumentos vivos, en constante evolución y con estándares cada vez más intensos. Solo así se podrá conseguir, y no será fácil, que la ciudadanía vaya internalizando paulatinamente sus retos.

Sin duda, se trata del objetivo más complejo, que con solo una política intensa y constante de comunicación no bastará, aunque también sea necesaria. Tampoco solo con pedagogía, si bien se debe realizar. Habrá que predicar con el ejemplo y (no cabe otra) deberán ser los propios ciudadanos quienes lo hagan. Es un reto apasionante y, no nos engañemos, enormemente difícil, que no admite demora, más todavía en un país que parte de las premisas de percepción social del problema tan alejadas del punto de llegada. Y con la exclusiva finalidad de alcanzar el cumplimiento de esos objetivos deberían ponerse a actuar inmediatamente todos los actores institucionales, las débiles estructuras asociativas existentes y las organizaciones no gubernamentales. También la ciudadanía comprometida. Hay que incrementar gradualmente ese sículo de compromiso. No es un problema de militancia, por muy activa que esta se pretenda, sino de la sociedad organizada en su conjunto, como reflexionaba el filósofo Alain hace más de un siglo. Está mucho en juego. Y es un problema de todos, pues a todos afecta. Aunque solo por algunas personas se vea. Error de percepción, que habrá de corregirse.

AGENDA 2030: POLÍTICA MUNICIPAL, DESARROLLO SOSTENIBLE Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

AGENDA 2030

“Afirmar ‘somos terrestres en medio de terrestres’ no conduce en absoluto a la misma política que afirmar ‘somos humanos en la naturaleza” (p. 126)

“Migraciones, explosión de las desigualdades y nuevo régimen climático son la misma amenaza” (p. 24)

(Bruno Latour, Dónde aterrizar. Cómo orientarse en política, Taurus, 2019)

 

No cabe duda alguna que la política municipal, al igual que la política del resto de niveles de gobierno (UE, Estado y CCAA, u otros gobiernos intermedios), se hará a partir de ahora (ya se está haciendo) impregnada de la “Agenda 2030” y de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible allí recogidos. En el mundo local ello implica un cambio notable, puesto que representa dar un paso más allá de la Agenda 21 y mirar estratégicamente a una Agenda 2030 marcada por un futuro plagado de retos ambientales, económicos y sociales.

Esa Agenda 2030, con sus 17 Objetivos y 169 metas, ha sido desplegada por diferentes niveles de gobierno que han concretizado, con mayor o menor acierto, tales objetivos y metas llevándolos al espacio territorial y a las necesidades sociales y personales que en cada entorno se producen, pero siguiendo el esquema diseñado por Naciones Unidas. Va mucho en juego en ese empeño. Solo hace falta recordar aquí la extraordinaria reflexión de Bruno Latour, en una reciente obra ya reseñada en estas páginas (https://bit.ly/2mblte3) , donde este autor se hacía eco de lo que denomina como el nuevo régimen climático que gobernará y condicionará la política mundial en las próximas décadas.

Entre nosotros ya comienzan a proliferar los documentos de análisis, estratégicos o simples Guías que tienen por objeto la Agenda 2030, en su proyección sobre los diferentes niveles territoriales de gobierno. Valga una rápida mirada para recordar algunos de ellos:

  • El Gobierno central publicó en 2018 un extenso documento que lleva por título Plan de acción para la implementación de la Agenda 2030. Hacia una estrategia española de desarrollo sostenible. Allí se defiende que la puesta en marcha de la Agenda 2030 constituye una verdadera política de Estado, que requiere un correcto alineamiento entre niveles de gobierno y diferentes actores, así como identifica una serie de “políticas palanca” (que no son otras que las que ya estaba impulsando entonces la Administración General del Estado) y articula una serie de medidas transformadoras, aún en un estadio poco preciso. El futuro gobierno central, si alguna vez se constituye, deberá retomar esa senda y profundizarla adecuadamente, lo mismo que los gobiernos autonómicos que ahora inician su andadura.
  • Por su parte, por traer un ejemplo de Comunidades Autónomas, el Gobierno Vasco aprobó en 2018 el documento titulado Contribución Vasca a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Se trata de un documento más conciso, pero no exento de notable interés y que encuadra dentro de los ODS las distintas medidas contenidas en el Plan de Gobierno para el vigente mandato elaborado en 2017, incluyendo los proyectos normativos a aprobar y asimismo diferentes planes sectoriales.
  • Por otro lado, en el ámbito local los documentos sobre esta materia son abundantes. Recordemos aquí exclusivamente dos de ellos. El primero se titula Mirando hacia el futuro: ciudades sostenibles. Los ODS en 100 ciudades españolas, Y es un análisis cuantitativo y comparado de datos sobre el cumplimiento de los ODS por parte de tales ciudades. Y el segundo es un documento más reciente cuyo enunciado es Agenda 2030 LOCAL, impulsado por Udalsarea, que es la Red Vasca de municipios sostenibles. Se trata de una Guía útil como herramienta de trabajo para afrontar las políticas locales vinculadas a la Agenda 2030, aunque en algunos de sus puntos (más concretamente la parte institucional) las debilidades de la propuesta son evidentes, aunque no debe de sorprender, pues tal como veremos es la tónica de todos los documentos hasta ahora analizados.

Lo que sí parece obvio es que, a partir del actual mandato 2019-2023 (tanto en el ámbito local como autonómico), la Agenda 2030 supondrá un punto de arranque imprescindible para articular las diferentes políticas sectoriales y transversales. Como se indica en uno de los documentos antes citados, la Agenda 2030 se configura como un referente ético y operativo para todos los Gobiernos, una suerte de “contrato social global”, que debe luego proyectarse sobre niveles de gobierno estatales, autonómicos o locales. Y esta es la operación que a partir de ahora debe ponerse en marcha por cada Administración pública, sin perjuicio de las interrelaciones que todos los niveles de gobierno tienen en esas políticas.

Es evidente que, dado el tipo de competencias y prestaciones que ejercen, los gobiernos locales son instituciones nucleares para garantizar la plena efectividad de tales ODS, más aún por la proximidad que tienen a la ciudadanía y a sus problemas. La lucha contra la pobreza, las desigualdades, la discriminación por razón de sexo, la inclusión social, la seguridad y convivencia ciudadana, la calidad del agua y el correcto tratamiento de residuos, así como otras medidas vinculadas con el medio ambiente, por solo citar algunas de ellas, son cuestiones que deben hacer frente los municipios teniendo la mirada puesta en tales objetivos estratégicos de desarrollo sostenible.

Pero en este breve comentario quiero resaltar sobre todo la importancia que tiene el ODS número 16. Una cuestión que, por lo que he podido analizar, ha pasado hasta ahora bastante desapercibida. Es cierto que este Objetivo es muy amplio en sus contornos, pues alcanza ámbitos tales como la paz (seguridad y convivencia), justicia o instituciones fuertes e inclusivas. De ahí que no sorprenda que el documento los ODS en 100 ciudades españolas concluya que es uno de los objetivos en los que los municipios analizados obtienen mejores resultados (esencialmente, cabe presumir, por la seguridad existente en las ciudades españolas, pero no tanto, intuyo, por la calidad del funcionamiento de sus instituciones).

La verdad es que, como acertadamente expone el documento publicado por el Gobierno central en 2018, los objetivos contenidos en el número 16 “constituyen un acelerador del resto de los ODS”. Pero, también se podría objetar que, depende cómo esté configurada la institución local y su propia organización, así como sus estructuras, procesos y personal, pueden suponer, por el contrario, no un acelerador sino “un freno” para la plena efectividad de los ODS de carácter sectorial y finalista, que son la mayoría. Y eso es lo que se trata de evitar.

En verdad, el dato determinante es que el fortalecimiento institucional del ámbito local de Gobierno debe venir de la mano de la construcción de un modelo coherente de Gobernanza Pública, aspecto que también traté en algunas entradas anteriores. Como reconoció en su día la Comunicación de la Comisión Europea «Próximas etapas para un futuro europeo sostenible» [COM (2016) 739 final]: “El desarrollo sostenible requiere un enfoque político global e intersectorial para asegurarse de que los retos económicos, sociales y medioambientales se abordan conjuntamente. Por ello, en última instancia el desarrollo sostenible es una cuestión de gobernanza que requiere los instrumentos adecuados para garantizar la coherencia política en las diversas áreas temáticas”. Se trata, al fin y a la postre de construir modelos de Gobernanza Pública Local, que sean de carácter holístico, eficientes e inclusivos (ODS 16) y, por consiguiente, los ODS se materializarán en la medida en que logremos construir instituciones íntegras, transparentes, abiertas y participativas, así como basadas en la rendición de cuentas, pues todos esas dimensiones son la base sobre la que se debe asentar la implantación de los ODG en los gobiernos locales, así como en cualquier otro gobierno.

Por tanto, una política adecuada de Gobernanza Pública es una palanca transversal para alcanzar la efectividad de los ODS. Sin ella, los ODS pueden quedarse en fines programáticos o no alcanzar las metas que inicialmente se habían fijado. Sin embargo, del análisis de los documentos que abordar la implantación de la Agenda 2030 en los diferentes niveles de gobierno, sorprende que el fortalecimiento institucional cumpla hasta el momento un papel casi retórico o se le dedique escasa atención. Así, el plan estatal es muy tímido en este punto, poniendo el foco exclusivamente en el “Gobierno abierto” (digitalización) y en “impulsar una función pública con los conocimientos y capacidades para implantar los ODS”, un reto que se pretende alcanzar en 2022, mediante unas políticas de difusión y formación. El Gobierno Vasco ha sido algo más ambicioso, ya que inserta dentro de ese objetivo la política de integridad institucional, transparencia y rendición cuentas. Mientras que los gobiernos locales aún no han desplegado totalmente esas herramientas institucionales, y la Gobernanza sigue siendo más un reto que una realidad, que se deberá plasmar necesariamente en los planes de mandato 2019-2023.

Cabe concluir, por tanto, que, desde la perspectiva institucional (ODS 16), si se quieren alcanzar de modo eficiente los ODS y las metas que les acompañan, así como su concreción en cada nivel de gobierno, es imprescindible construir un modelo de Buena Gobernanza en cada nivel de gobierno, que se adapte al contexto y necesidades de cada realidad institucional.

 

ESFERAS O DIMENSIONES DE UN SISTEMA DE GOBERNANZA LOCAL PARA HACER REALIDAD LAS POLÍTICAS SECTORIALES DE DESARROLLO SOSTENIBLE

  • Un sistema de Integridad institucional (Códigos de conducta y marcos de integridad, políticas de Compliance en el sector público, integridad en la contratación pública, etc.)
  • Una política eficaz, eficiente y sincera de Transparencia Pública, así como de datos abiertos.
  • Un modelo de participación ciudadana creativo, efectivo y abierto. Difundir e incrementar la sensibilización de la ciudadanía hacia los ODS de la Agenda 2030, haciéndola copartícipe de sus metas, promoviendo Cartas de Compromiso Institucional y Ciudadano con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
  • Una digitalización de la Administración Pública y de sus relaciones con la ciudadanía, facilitando su acceso.
  • Una política de Gobernanza interna, que se proyecte sobre la organización, los procedimientos y los recursos humanos, también mediante una proximidad real de la organización y del personal a la ciudadanía, cultivando la empatía y la comunicación (hacer la “vida administrativa” más fácil y amable a los ciudadanos). Sin un empleo público altamente profesional, imparcial e íntegro no habrá resultados efectivos en la obtención de los ODS. Cualificar al personal y captar talento para garantizar los ODS. Realizar sistemas de compra pública sostenible.
  • Desarrollar las redes de cooperación horizontal y de aprendizaje recíproco, así como los espacios de relación entre gobiernos multinivel.
  • Y, en fin, como cierre del modelo, articular un sistema transparente y efectivo de rendición permanente de cuentas ante la ciudadanía. Una base del sistema democrático local.

En suma, poner en marcha hoy en día políticas municipales o elaborar, un plan de mandato para el período 2019-2023 con acciones impregnadas por los ODS de la Agenda 2030 exige inexcusablemente implantar un modelo de Gobernanza Local que pivote sobre todas y cada una de las esferas o dimensiones que anteriormente han sido citadas. En caso contrario, invertir en ODS puede resultar vacuo o, cuando menos, inefectivo; esto es, un dispendio o una pérdida de recursos necesarios. Apostar por fortalecer las instituciones locales o sus organizaciones (estructuras, procesos y personas) es también invertir en Desarrollo Sostenible y en una ciudad mejor, así como en la felicidad de las personas, aunque todavía cueste visualizarlo.

 

ANEXO: OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE AGENDA 2030

1.- Erradicar la pobreza en todas sus formas en todo el mundo.

2.- Poner fin al hambre, conseguir la seguridad alimentaria y una mejor nutrición, y promover la agricultura sostenible.

3.- Garantizar una vida saludable y promover el bienestar para todos y todas en todas las edades.

4.- Garantizar una educación de calidad inclusiva y equitativa, y promover las oportunidades de aprendizaje permanente para todos.

5.- Alcanzar la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas.

6.- Garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos.

7.- Asegurar el acceso a energías asequibles, fiables, sostenibles y modernas para todos.

8.- Fomentar el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo, y el trabajo decente para todos.

9.- Desarrollar infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible, y fomentar la innovación.

10.- Reducir las desigualdades entre países y dentro de ellos.

11.- Conseguir que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.

12.- Garantizar las pautas de consumo y de producción sostenibles.

13.- Tomar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos.

14.- Conservar y utilizar de forma sostenible los océanos, mares y recursos marinos para lograr el desarrollo sostenible.

15.- Proteger, restaurar y promover la utilización sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar de manera sostenible los bosques, combatir la desertificación y detener y revertir la degradación de la tierra, y frenar la pérdida de diversidad biológica.

16.- Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.

17.- Fortalecer los medios de ejecución y reavivar la alianza mundial para el desarrollo sostenible.

EL REINO DE LAS POLTRONAS (Miserias de una Política desconcertada)

 

«POLTRONI

 

«Los partidos han reducido su presencia en la sociedad en general y se han convertido en parte del Estado» (Peter Mair)

GOBERNAR: «Para los políticos es sostenerse en el mando a todo trance, proteger a sus parientes y paniaguados, y perseguir encarnizadamente a sus enemigos. Por eso ha sido siempre tan funesta esa forma de gobernar» (J. Rico y Amat: Diccionario de los Políticos, 1855, p. 213)

El conocido internacionalmente como “Reino de España” lleva camino de convertirse en el reino de las poltronas. No se me escapa que la política siempre ha tenido el objetivo legítimo de conquistar el poder. Y una expresión material del poder es, sin duda, apropiarse de determinados espacios ejecutivos que permitan tomar decisiones, repartir presupuesto y, asimismo, en su faceta patológica, servir de pasto mediante la entrega de cargos y sinecuras a las innumerables clientelas que producen los partidos políticos o pululan por sus aledaños.

Lo realmente patológico de la política actual es que ya no pretende el poder tanto para decidir como para en sí mismo ocuparlo. La tarea de gobernar está pasando a ser hasta molesta (pues nunca llueve a gusto de todos). Cotiza a la baja. Se ha impuesto el no gobierno o el Gobierno marcado por la quietud, aquel que no rompe un plato. Lo de priorizar políticas comienza a convertirse en una pesada losa para unos políticos que solo quieren agradar con medidas benefactoras y (pretenden) esconder aquellos problemas cuya solución requeriría adoptar decisiones impopulares o que puedan llegar a levantar ampollas en ciertos colectivos. El gobierno soft y el político naif se imponen. Los responsables públicos hoy en día solo prometen paraísos. Ninguno está dispuesto a enfrentarse con adversidades. Las malas noticias (aunque vengan anunciadas desde hace tiempo) no existen en la política actual, se edulcoran o tapan, cuando no se aplazan. Procrastinar es el verbo de moda en la política actual. La positividad, como dijera Byung-Chul Han, todo lo impregna. Es el imperio del me gusta o de la política pretendidamente amable.

En ese contexto, lo más visible de la política actual es el reparto grosero de cargos públicos y la distribución de prebendas públicas entre acólitos y adláteres. Max Weber ya lo anticipó, pero se quedaría atónito si visitara este país por estas fechas. Más recientemente, Peter Mair, en esa excelente obra titulada Gobernando el vacío (Alianza, 2013), nos muestra cómo los partidos se adosan a las instituciones como manual de su propia supervivencia: “El clientelismo político –como dijo este autor- resulta ser la única de las funciones clave que los partidos siguen realizando”.

Tras infinitos titubeos y dimes y diretes, ya se han formado la totalidad de los gobiernos autonómicos salidos de las urnas del 26 M. El Gobierno central, aunque con elecciones anteriores (28 A), espera eternamente en funciones, con la amenaza de volver a las urnas, salvo que surja una sorpresa en el último minuto y se distribuyan algunas poltronas que sacien ávidas demandas insatisfechas. Pero el tema, al parecer, tiene más calado: tactismo puro, juego electoral y exterminio de aquellos que molestan.

En cualquier caso, el dato empírico es que donde ha existido cambio de gobierno o se ha debido formar o incrementar gobiernos de coalición, se han multiplicado los departamentos (Consejerías) y, por tanto, los altos cargos; también ha crecido el personal eventual de confianza y asesoramiento especial. Por lo que afecta a este, nadie ha entendido correctamente el nombramiento como personal eventual (responsable de redes sociales) de la hermana de una alcaldesa, pues como dijo un político catalán hace más de quince años cuando en una rueda de prensa le objetaron que había nombrado director general a su hermano: “¿No es un puesto de confianza política? En quien voy a confiar más, sino en mi hermano”. Se acabó la discusión. Los periodistas enmudecieron. No había redes sociales, además entonces la ética y la estética no jugaban fuerte en política. Ahora es otra cosa. O lo parece, más bien.

Cambiado el primer nivel directivo, veremos qué pasa luego con los miles o decenas de miles de puestos de libre designación. El Dedómetro, magnífica iniciativa puesta en marcha por la “Fundación Hay Derecho”, tendrá un trabajo ingente por estas fechas. La penetración de la política en la Administración no solo es vertical, sino que ya engorda su dimensión horizontal. Los gobiernos de coalición se amplían por lo ancho para dar de comer a más bocas amigas. Y, si no, los asesores se multiplican, a pesar de que nada o poco tengan que asesorar. Mientras los presupuestos públicos aguanten y el sufrido ciudadano no se rebele, aunque síntomas ya ha habido, las cosas seguirán igual.

La cooptación ideológica o de partido es el método de selección de tales responsables y directivos públicos o asesores que ocuparán las consabidas poltronas de las Administraciones Públicas, cuando no se empaña el proceso por prácticas más o menos disfrazadas (algunas descaradas) de nepotismo o amiguismo. O, en fin, hay veces que se reparten favores por servicios prestados. Da igual que la persona no ofrezca las mínimas competencias profesionales para el correcto ejercicio de la actividad político-directiva, pues lo que pesa es la metafísica de la confianza, de la que hablara Francisco Longo; incluso se promueve a cargos públicos a quienes saltaron anteriormente de las responsabilidades públicas por falta absoluta de ejemplaridad (el caso del reciente nombramiento como Consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid de Enrique López es, bajo el punto de vista ético, un auténtico escándalo: en este país, al parecer, todo vale). La memoria del populacho es frágil, o al menos eso creen. Tal vez algún día despierte. Y si no hay suficiente con repartir el poder administrativo, siempre queda el socorrido recurso del sector público o a las opacas empresas públicas: aquí el reparto adquiere tintes grotescos, pues para hacer hueco los puestos de responsabilidad en algunos casos se multiplican o, incluso, se nombra muchas veces a personas auténticamente incapaces –ejemplos patológicos los hay- para la tarea de dirigir un sector empresarial que, además, desconocen absolutamente.

Lo grave de todo este burdo sistema, plenamente enraizado, no es solo que se colonice la alta Administración, sino sobre todo que, signo de ignorancia supina (o de malas artes de una política pretendidamente maquiavélica), se desprecia la cultura institucional democrática (en sentido pleno de la palabra) y se hace un daño enorme a la legitimidad y al funcionamiento regular de las organizaciones públicas al quebrar la continuidad de sus políticas públicas con un “quita y pon” permanente de responsables públicos basado exclusivamente en criterios alejados de la profesionalidad o del más mínimo rigor.

Sin embargo, ni siquiera así se saturan los apetitos de poder. Siempre se quiere más. La política, sin frenos, es insaciable. Para evitar tales abusos se creó el sacrosanto principio político-constitucional (bastardeado hasta el infinito) de la separación de poderes. El máximo desprecio de tal principio se alcanza cuándo –como viene siendo habitual en nuestro panorama político- también se colonizan los órganos constitucionales, las instituciones de control, los organismos reguladores o las administraciones mal llamadas “independientes”. Con este burdo cambalache –insisto, asentado hasta los tuétanos en nuestro sistema político-institucional- los frenos del poder (que deben ejercer esas instituciones constitucionales, de control, reguladoras o “independientes”) se rompen por completo, al entregarse tales cargos institucionales al reparto impúdico de poltronas entre los diferentes partidos en liza. Se buscan fidelidades amigas, nunca perfiles profesionales que puedan al final resultar incómodos al poder. Estos siempre molestan a una política que solo busca complacencia y aplauso.

Es tremendamente triste que la tan cacareada política de regeneración y renovación democrática, durante tanto tiempo manoseada por la política, no haya dado hasta la fecha resultado alguno a la hora de impedir (o siquiera reducir) ese chalaneo político impresentable, impropio de un país que se califica a sí mismo de democrático. Es igualmente triste que no haya ni un solo político (o líder, estatal o autonómico) en el panorama español que lidere con honestidad, integridad y coraje esa renovación institucional, siempre aplazada. Me parece igualmente insólito que las cúpulas de los partidos no muestren el más mínimo sentido institucional democrático, entendido en su recto sentido: la democracia no es solo votar, es ante todo facilitar el control del poder, limitar o impedir sus abusos.

Y ese manido y continuo reparto político de poltronas se hace tanto en las instituciones centrales como en las territoriales (o autonómicas). Nadie está a salvo. Es una (pésima y patológica) cultura (de mala) política de la que, hoy por hoy, ningún partido se salva. En este punto, las ideologías se difuminan, hasta desaparecer por completo. Si algo enseñó Montesquieu, por mucho que los políticos lo olviden, es que solo mediante un diseño institucional correcto  de arquitectura constitucional de pesos y contrapesos, el poder frenará al poder. Lo demás es una quimera o un engaño. Termina en el abuso o, peor aún, en el despotismo.

Además, cuando la política se fragmenta o se atomiza, como es el caso actual, el reparto de poltronas se vuelve más descarado, incluso obsceno. Hay, ley de vida, más personas o partidos pidiendo ávidamente su cuota de poder, por mínimo que este sea. O su parte de presupuesto. Los partidos, y sobre todo sus clientes, viven cada vez más, enchufados al presupuesto. Pero lo grave no es eso. Lo realmente grave es que la política está empezando a mostrar síntomas evidentes de no saber para qué quieren el poder, si no es para sí misma. Y eso, al menos así, tan crudamente, no pasaba antes. Los endémicos problemas de la sociedad comienzan a pudrirse. Y la clase política, de la que hablara Gaetano Mosca, vive encapsulada en sus miserias, odios recíprocos personales o sectarios y signos evidentes de absoluta impotencia. Hemos reducido el digno oficio de la política a un mundo de pasiones desmedidas o de sectarismo atroz en el peor sentido del término. La denostada casta ha terminado por enmudecer hasta sus críticos más feroces e incorporarlos a ella.

No se llamen a engaño. Una democracia sin controles (checks and balances) nunca pasará de ser más que un puro remedo. Premonitoriamente, lo expuso Spinoza en su inacabada obra Tratado político: “Las leyes, por si solas, son ineficaces y fácilmente violadas, cuando sus guardianes son los mismos que las pueden infringir”. Y así seguimos, sin querer aprender las cosas más básicas. Cualquier control efectivo, al parecer, incomoda en la política española, sea esta del signo que fuere. También molestaba en las democracias avanzadas, pero esa es una asignatura que tales países resolvieron satisfactoriamente hace mucho tiempo. Entre nosotros, siempre se considera mejor tener amigos que todo lo edulcoren o vaciar las instituciones mediante una política de prórrogas eternas de sus mandatos u optar por la nueva modalidad de “sillas vacías”, como es el caso del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que pronto hará dos años con la presidencia sin cubrir. ¿Qué más da? Ya llenó titulares cuando se creó como buque insignia de esa política renovada de regeneración democrática que nunca llegó. Al Parlamento y a sus señorías, pronto les invadió la amnesia, lo mismo que a los distintos gobiernos. Esas instituciones de control al final estorban. Al menos para quienes ejercen el poder. Lo de siempre. Ya que «deben estar», más vale tenerlas enmudecidas. Como mera coreografía.

AGUJEROS NEGROS EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

public administration

 

A Fernando, amigo desde la infancia y, a pesar del contexto, funcionario ejemplar.

 

Por razones que no vienen al caso, he compartido recientemente mesa y conversación con algunos viejos amigos, que viven distantes del lugar donde resido. Y hablando sobre temas dispares hemos recalado en varias ocasiones sobre el mal estado de nuestras Administraciones Públicas. Uno de tales interlocutores, funcionario comprometido (de quien omito sus apellidos porque nunca se opina, menos en privado, a gusto de todos), puso las cosas en su sitio (aunque la cita no sea literal): tras un largo paréntesis debido a las elecciones y a la eterna formación de un gobierno que finalmente salió con calzador y con brotes de esperpento añadidos, “llevamos –me dijo- varios meses de absoluta parálisis, que sumados al tiempo del anterior mandato, cuyos responsables se limitaron al cumplimiento formal de la legalidad en el ejercicio de sus tareas, ya que no existía ningún planteamiento estratégico para afrontar unos retos de legislatura que ni siquiera tenían objetivos identificados; pues, bien, ese conjunto de circunstancias convierten mi oficio y el de todos los empleados públicos que me rodean –concluyó- en puro presentismo”. Hay empleados públicos que solo fichan o asisten al trabajo (pues el control horario es el único realmente existente en la Administración en relación con sus empleados), que aparenta trabajar o «hacen pasillos», y los hay también que ni eso. Aunque afortunadamente hay personas en las organizaciones públicas que dedican tiempo y energías añadidas al ejercicio de sus funciones. Pero, por lo común, si algo se hace es lo inmediato o urgente. El resto puede esperar. Si a ello añadimos que nadie fija metas durante estos meses, puesto que los directivos “de quita y pon” unos se están yendo y otros aún no han aterrizado, “mi vida funcionarial –reflexionó en voz alta- es plácida, pero yerma, la frustración por lo que se podría hacer y no se hace, elevada; mis únicas compensaciones –añadió finalmente- consisten en la magra retribución a fin de mes (inferior notablemente a la de otras Comunidades Autónomas limítrofes) y en unas largas vacaciones que aún me quedan parte por disfrutar, aunque procuro leer sobre cuestiones de mi trabajo para mantenerme al día”. Algo que no deja de ser –seamos francos- un tanto excepcional.

Todos aquellos que trabajen o hayan estudiado la Administración Pública son conscientes de sus problemas endémicos. Por tanto, lo que he descrito y lo que sigue no es nada nuevo, ni mucho menos algo que no se sepa. Otra cosa es que el común de los mortales lo conozca. Lo que sigue, por tanto, es un mero recordatorio, pues en la agenda política inmediata de los diferentes niveles de gobierno no observo que tales cuestiones se pretendan resolver. Más bien se da la callada por respuesta: se entierra el problema, y así se pretende, craso error, negar su existencia.

Llama poderosamente la atención que en el inicio del mandato de estos nuevos gobiernos locales y en el propio gobierno central, eternamente en funciones, nadie se plantee en serio qué hacer con esa pesada máquina que es la Administración Pública y su burocracia, base directa o indirecta de la mejor o peor prestación de la práctica totalidad de los servicios públicos. Y todavía es más sorprendente que en las tan aireadas 370 medidas que se pretenden poner en marcha por el futuro gobierno progresista apenas aparezcan tibios destellos de una reforma administrativa que ni siquiera se concreta. Una vagas medidas sobre empleo y servicio público, así como reiteradas referencias a la digitalización, conforman el horizonte de una reforma que, al parecer, nunca será, pues nadie la propone realmente. En ese documento de 370 medidas la única referencia a la profesionalización de la función directiva es a la de los centros escolares, el resto seguirá siendo pasto de clientelas. Da la impresión de que la política se hace sola, con los mimbres personales existente y con nuestras actuales organizaciones caducas. La ingenuidad en ocasiones se torna un peligro público o un ejercicio de demagogia barata.

Hay cinco nudos críticos en las Administraciones públicas españolas que hasta que no se afronten nada se conseguirá en verdad: la política, por muy audaz e ingeniosa que sea o pretenda ser, sea esta de derechas o de izquierdas, se dará de bruces contra el muro de la indiferencia o con la imposibilidad material de hacerse efectiva. Baño de realismo, transcurrido cierto tiempo en el ejercicio del poder. Y esos agujeros negros (a los que podríamos añadir muchos más) son los siguientes:

  • La alta dirección pública de nuestras administraciones sigue absolutamente colonizada por la política. Y nadie se da por aludido, en un ejercicio de cinismo político superlativo.
  • Salvo excepciones singulares, la planificación estratégica no es una herramienta de trabajo cotidiano. Y sin ella no hay visión, tampoco innovación y menos aún cambio organizado y obtención de metas o resultados. Como ya dijo hace años el profesor Alejandor Nieto, «en la Administración Pública no se piensa, se improvisa». Y así seguimos.
  • El acceso a los empleos públicos está pésimamente diseñado: o se encarece ad infinitum de modo irracional (cuerpos de élite) o se abarata mediante procedimientos selectivos “blandos” o de aplantillamiento descarado de interinos, que prácticamente regalan las oposiciones a quienes ya están y obstruyen el acceso a quienes quieren competir con criterios de mérito y capacidad. No hay término medio.
  • La productividad de los empleados públicos es, también por lo común, exageradamente baja, alimentada por una inexistente cultura del desempeño, así como por unas condiciones de trabajo muy ventajosas comparadas con el sector privado, lo que da lugar a bolsas de ineficiencia elevadísimas o, en su defecto, a un dispendio en los costes de prestación de determinados servicios públicos. Seguimos pagando igual a funcionarios que llevan a cabo desempeños muy diferentes, también a quienes no trabajan o trabajan poco.
  • Y, unido a lo anterior (algunas muestras de ello estamos teniendo recientemente), la autorregulación y las políticas de cumplimiento de la legalidad son necesarias, pero deben venir acompañadas de un real ejercicio de las funciones de control, supervisión e inspección de las administraciones públicas, que hoy en día están adormecidas, poco estimuladas o infradotadas. Una Administración que solo regula o fomenta o que alimenta la política de (auto)cumplimiento, pero no lleva a cabo el seguimiento de las actividades y conductas reguladas, es una organización que mal puede cumplir sus funciones. También en el ámbito de los recursos humanos el seguimiento y control (aparte del cumplimiento del horario) es inexistente.

Por tanto, si es usted una persona con responsabilidades públicas o con incidencia sobre aquellas personas que las ejercen, aborde (o aconseje abordar, si es de los segundos) cinco ejes de renovación de las estructuras administrativas que den respuesta a esos otros tantos cinco males endémicos que aquejan a nuestras organizaciones públicas. Lo demás vendrá por añadidura. A saber:

  • Impulse la profesionalización (cobertura por mérito y capacidad y protección temporal frente al cese discrecional) de todos los puestos directivos y de responsabilidad de la organización.
  • Promueva la visión y sentido institucional de su organización mediante un correcto alineamiento política-gestión e invierta en planificación estratégica y operativa, también con una mirada a medio plazo que dé respuesta a los problemas no solo inmediatos sino mediatos.
  • Implante la mejora progresiva de los sistemas de acceso al empleo público y persiga, mediante procesos selectivos que garanticen la igualdad, mérito y capacidad, la captación del talento real existente en la sociedad (que hay mucho), pues sus ciudadanos se lo agradecerán.
  • Incremente la productividad del empleo público a través de la implantación de una cultura de responsabilidad en la gestión y de eficiencia en el uso de los recursos públicos por parte de los servidores públicos, promoviendo sistemas de evaluación del desempeño, progresión profesional y aprendizaje continuo.
  • Desarrolle sistemas de cumplimiento a los que anude unas estructuras de seguimiento, inspección y control plenamente alineadas a los marcos normativos y a los objetivos de las organizaciones, también en el ámbito de los recursos humanos, sin perjuicio de que impulse la construcción de sistemas de integridad institucional (autorregulación) en el empleo público.

A poco que ponga en marcha algunos de estos ejes (mejor si se actúa sobre todos), los resultados serán obvios. No obstante, aunque haya voluntad politica, no resultará fácil. Ya están los sindicatos del sector público para que el inmovilismo se eternice. Conviene no llamarse a engaño. Las inercias administrativas y las «conquistas regaladas» (que no alcanzadas) son frenos durísimos frente a cualquier medida de cambio. Pero si no se intenta nada, se incurre en un autoengaño. La política puede poner sobre el papel, pues el papel lo aguanta todo, 100, 300, 500 o 1000 medidas de transformación. Quedarán muy bonitas. La apuesta por la digitalización es necesaria, pero fracasará –como de hecho está sucediendo en buena parte del sector público- si no se abordan esas otras cuestiones nucleares. En efecto, sin tocar las estructuras, los procesos y las personas, tales medidas de digitalización u otras de la misma índole se convertirán, por mucho que se empeñen sus promotores, en papel mojado, salvo que quien lidere esa voluntad de cambio se enfrente a aquello que nadie, según parece, quiere afrontar: la reforma integral y gradual de la Administración Pública y de su sistema burocrático. Hoy en día se trata de estructuras caducas e inadaptadas para hacer frente a tantos centenares o miles de retos que la política o la sociedad identifica, pero nunca sabe cómo resolver. Tal vez desatando esos nudos algo se consiga. Seguro que sí. Todo es ponerse. Aunque para ello hay que tener Gobierno y, si lo hay, que «compre un producto» (la reforma) que no da réditos inmediatos, pero sí soluciones venideras. Y, con una política preñada de inmediatez, eso es más difícil. Seamos sinceros.

VACACIONES PÚBLICAS: UNA MIRADA HETERODOXA

 

 

HOLIDAY

 

«Todo el mudo está de acuerdo en que la Administración está al servicio de los intereses generales, pero a partir de aquí ya no se puede afirmar nada con certeza» (Alejandro Nieto, El desgobierno de lo público, Ariel, 2008, p. 232)

 

España cierra en agosto. Las instituciones principales del Estado constitucional vacan también. Ya lo decía Emerson, las instituciones son la sombra alargada del hombre. Y, en esas fechas, apenas algunos responsables o empleados públicos están en su sitio. Quien más quien menos, salvo excepciones singulares, se toma un período de vacaciones durante ese mes, al margen de las responsabilidades públicas que tenga, aunque siempre se queda alguien de guardia, “por si pasa algo”.

El problema es cuando pasa. Si hay un incendio, problemas de seguridad, una crisis alimentaria o cualquier otro problema de cierta gravedad, a cruzar los dedos. Responsables quedan pocos en el ejercicio de sus funciones y funcionarios menos. Nadie en este país se ha parado a pensar seriamente qué consecuencias tiene sobre el funcionamiento de los servicios públicos durante el mes de agosto o en períodos vacacionales el hecho de que buena parte del personal que desempeña funciones públicas esté tirado en la playa con una cerveza, a la sombra en el monte o lejos física y mentalmente, en cualquier caso, de su puesto de trabajo y de las responsabilidades inherentes a éste. Las personas vacan, las funciones no. La duda es quién desempeña las tareas en esos momentos críticos.

Nada que objetar, se me dirá. Merecidas vacaciones tras un intenso año de trabajo. La única objeción que se puede apuntar, por cierto nada menor, es que (casi) todos se vayan a la vez. Y allí no quede prácticamente nadie, salvo alguna persona que debe asumir la ausencia de los demás, quien implora a todos los santos para que nada ocurra durante esos días o semanas de fiesta generalizada, pues el marrón que le puede caer es de envergadura, dado que tendrá que asumir responsabilidades o tareas para las que en no pocas ocasiones no está preparado y, en el peor de los casos, meter la pata de forma clamorosa. Y esos casos se han dado, aunque nunca se reconocerán. Hay cosas tan evidentes, que lo mejor es taparlas. Siempre ha sido así.

Agosto o los meses de verano suelen ser prolijos en circunstancias excepcionales. No este año, sino cualquier otro. Repase mentalmente qué cosas graves han pasado durante los últimos años en los meses de agosto en cualquier ámbito de gobierno y valore si las respuestas dadas por los poderes públicos han sido tan eficientes o menos que en otros momentos del año. Ya les anticipo que, por razones obvias, las respuestas, por lo general, han sido manifiestamente mejorables, sea en temas de orden público, seguridad alimentaria, huelgas salvajes, incendios o en cualquier otro supuesto o incidencia excepcional. Y ello es normal, pues falta capital humano, dado que éste disfruta –nunca mejor dicho- de unas semanas de asueto. Insisto, (casi) todos a la vez. Y a nadie parece importarle. Tampoco a los responsables, que también vacan.

Tal vez algún día alguien se ponga a pensar sobre estas cosas. ¿Pueden funcionar cabalmente los servicios públicos con un porcentaje tan reducido de plantilla efectiva cuando se debe afrontar una crisis puntual sea esta del tipo que fuere?, ¿cómo cubrir la ausencia de responsables, técnicos, funcionarios u operarios, cuando surge un problema y buena parte de esos efectivos se encuentran de vacaciones? No en todos los servicios es así, ciertamente, pero sí en muchos de ellos.

Dicho de otro modo: ¿Por qué en el mes de agosto repuntan determinados hechos o no se tiene una respuesta adecuada por parte de los poderes públicos para hacer frente a determinadas circunstancias extraordinarias de notable gravedad que surgen puntualmente? Se hace todo lo que está en la mano, el problema es si en la mano está todo lo necesario. Tal vez no.

Pero no son solo las circunstancias extraordinarias o excepcionales lo que hace saltar la luz de alarma. Menos nos fijamos en que las vacaciones generalizadas implican que las instituciones públicas duerman el sueño de los justos, al margen de que los ciudadanos requieran o no sus servicios. Tampoco se toma en cuenta que parar la máquina administrativa durante largos períodos de tiempo tiene efectos importantes. ¿Funcionan realmente los servicios de vigilancia e inspección del ámbito público (hoy en día tan en boga por algunos acontecimientos recientes)? La máquina se para, en muchos casos drásticamente, en otros se da la apariencia de que sigue activa, pero está dormitando bajo altas temperaturas ambientales. Ponerla de nuevo a pleno rendimiento, una vez detenida, lleva tiempo y energía. El transito de la holganza plena a la plena actividad no es un camino fácil.

Más mal que bien, durante el mes de agosto los problemas de tramitación administrativa ordinaria se aplazan: los plazos siguen corriendo, pero como si nada, tras el paréntesis veraniego los expedientes se retomarán poco a poco; el ciudadano que espere, las prisas son malas consejeras. La caducidad acecha, pero mientras no entre en escena la prescripción siempre hay remedio, salvo ese silencio estimatorio que, cual paradójica regla general, poco abunda. Si se da, nada sucede. Al menos nadie es responsable de nada. A pesar de lo que digan las leyes, que pueden decir lo que quieran. Planificar o programar se hizo antes o se hará después. No es urgente. Inspeccionar, a la vuelta; si es que cabe. Solicitar algo a la Administración implica esperar respuesta, como pronto, para mediados de septiembre, sino es más. Si es proveedor de la Administración y pretende cobrar, siéntese. Tenga paciencia. La administración electrónica queda pendiente de que alguien la active (firme), dado su automatismo debería padecer menos en período estival, pero aún así también en ocasiones vaca. No llame en agosto para preguntar nada, pues nadie sabe; quien está tira balones fuera. Además, tras el paréntesis estival, la Administración se despereza con calma pasmosa.

Hay tres momentos críticos en el funcionamiento de nuestras Administraciones Públicas: en primer lugar, el verano (julio-agosto y parte de septiembre); en segundo, las prolongadas vacaciones navideñas y de semana santa; y, por último, los múltiples puentes o acueductos que se conceden graciosamente o se construyen de forma sagaz, que no son pocos. Durante esos largos períodos temporales, la Administración funciona, por tanto, a ritmo de espasmos, duerme unos días, despierta otros, aunque la vida siga su curso ordinario, que a aquélla poco le importa. Una cosa es lo que dicen las leyes y otra la realidad cotidiana. Lo que se cumple siempre es lo último: manda el pragmatismo burocrático.

Pero el resto de las instituciones públicas no le van a la zaga. Todo el espacio institucional público se ha contaminado de ese generoso calendario de actividad discontinua e intermitente. El poder judicial cierra, con excepciones, a cal y canto. Por regla general, agosto es inhábil judicialmente. Regla más clara, en todo caso. Aquí se van de vacaciones jueces y abogados, mientras que el ciudadano pacientemente espera la resolución judicial que se aplaza, aunque papel judicial se suelta a finales de julio a espuertas, para que algunos jueces y magistrados dormiten hasta mediados de septiembre. El Legislativo está de holganza absoluta, aunque sus señorías (legisladores que no legislan) sigan cobrando sus magras retribuciones. Y el Ejecutivo a medio gas, que es como decir completamente parado. Además, este año el Gobierno central está “en funciones” y los legisladores esperando a que el cielo escampe. Todas esas instituciones ponen sus reglas: más que servir al país, es éste quien debe adecuarse a sus ritmos vacacionales o de largos períodos de paréntesis funcional tácticamente diseñados por gurús de la estrategia electoral.

Los empleados públicos, por su parte, disfrutan de derechos generosamente otorgados por las condiciones de trabajo que los acuerdos y convenios colectivos del sector público les otorgan. Los empleadores públicos (responsables políticos) son magnánimos con los sufridos trabajadores públicos. Y para recordárselo ya están los sindicatos, que aprovechan la menor oportunidad (o debilidad) para llenar el morral de los servidores públicos, entre otras cosas materiales, de vacaciones, días de asuntos propios o premios de fidelidad por seguir yendo a trabajar todos los días. Esas condiciones han terminado empapando o trasladándose mecánicamente al sector público en su conjunto y a todo el entramado institucional o para-institucional, así como contaminando en mayor o menor medida las “condiciones de trabajo” de no pocos responsables públicos, sean o no parlamentarios. Y no hablemos de la educación o de las universidades. La generosidad vacacional en estos casos es secular, con su manida justificación del calendario escolar. Se salva la sanidad, pues en este caso la máquina asistencial no puede parar ninguno de los 365 días del año, pero también aquí durante la época estival quienes están al pie del cañón son principalmente personal eventual e interino, aunque también algunos estatutarios. Los servicios de urgencia se mantienen abiertos, como no podía ser menos. Policías y bomberos deben estar siempre disponibles. No sé si con el número adecuado de efectivos necesarios en cada caso. Pero mejor no abramos la caja de Pandora.

En fin, quienes desarrollamos una actividad profesional cercana al sector público sabemos que el mundo se acaba el mes de julio y la primera quincena de diciembre, pues inmediatamente el grueso de los responsables públicos y de la burocracia ha de salir pitando de vacaciones y el papel debe salir (o entrar) sí o sí.

Llegados a este punto tal vez sería recomendable recordar algo muy básico: las responsabilidades públicas son por esencia actividades funcionalmente continuas, su ejercicio debe estar plenamente garantizado en todo momento y en cualquier tipo de circunstancias o avatar. Este es el fin principal de toda actividad pública, cualquiera que sea su ámbito. Los derechos de quienes prestan servicios en tales instituciones, sean aquellos del tipo que fueren y gocen de cualquier condición (sean representantes o responsables políticos, directivos o empleados públicos), deberían cohonestarse en todo caso con esa finalidad principal: la salvaguarda de los intereses públicos de la ciudadanía nunca está de vacaciones. Y, por consiguiente, se debe garantizar eficaz y eficientemente la permanencia de cualquier tipo de actividad pública, sea esta directiva, ejecutiva, de planificación, fiscalización o inspección, evaluación o rendición de cuentas durante la vida activa de la institución correspondiente.

En fin, produce sonrojo recordar estas cosas. No es razonable que tales instituciones, particularmente la Administración Pública, funcionen espasmódicamente condicionadas a las vacaciones estivales de los empleados públicos y de sus familias o a las de sus responsables y directivos. Las Administraciones Públicas no están creadas para dormitar durante espacios tan amplios de tiempo, realmente la permanencia es su regla, por mucho que siempre incumplida. La brecha entre una Administración digital abierta las 24 horas de los 365 días del año y un empleo público que trabaja períodos discontinuos, con espacios de vacaciones generalizadas cada vez más amplios, no se debería sostener durante mucho tiempo. Pero pretender cambiar esto, me temo, es darse de bruces contra un muro. Casi tres millones de personas dispuestas a defender unas ventajas que consideran irrenunciables son, como también expuso Alejandro Nieto, una barrera que ningún Gobierno se atreve a franquear (La «nueva» organización del desgobierno, Ariel,, 1996, p. 173). Pues tal “tradición vacacional” es algo muy arraigado y que, por lo común, a nadie importa. Salvo cuando se requiere una atención pública, un trámite necesario o pasa algo realmente grave, que siempre pasa. Y ni siquiera en este último caso nadie se hace estas preguntas. Curioso.

Por darle una retorcida vuelta a un reciente acontecimiento: ¿En las injustificables respuestas administrativas tan tardías (más de cinco días) al brote de listeriosis nadie ha pensado que, a lo peor, las personas que cubren las estructuras políticas, directivas y funcionariales ordinarias que debían actuar inmediatamente estaban tal vez en buena medida vacando? Podríamos seguir con ejemplos nada edificantes. que desafortunadamente los hay muchos, algunos vinculados con el orden público y la seguridad o con catástrofes naturales. Pero, mejor, dejar estas cosas en paz. No dejan de ser más que especulaciones …

CIUDADANOS (Reseña del libro de Simon Schama: Ciudadanos. Una crónica de la Revolución francesa, Debate, 2019)

Ciudadanos

“En tiempos de pasiones violentas, debemos abstenernos de invocar la razón” (Malesherbes)

 

La Revolución francesa ha sido objeto de innumerables ensayos. Hace treinta años, el profesor inglés Simon Schama publicó una monumental obra, Citizens. A Chronicle of the French Revolution. Esta obra, aunque conoció alguna versión anterior en castellano, ha sido recientemente editada de nuevo por la Editorial Debate.

¿Qué añade esta obra a la inmensa bibliografía sobre tan importante proceso revolucionario? En verdad, lo más relevante de ese extenso libro (1108 páginas), es, sin duda, aportar un enfoque sobre la Revolución que pone énfasis particular en tres cuestiones. La primera, profundizando mucho la línea de Tocqueville y en otras muchas facetas (por ejemplo, culturales y sociales), es la importancia que los acontecimientos de toda índole anteriores a 1789 tuvieron sobre el desenlace final del proceso revolucionario. La segunda, relacionada estrechamente con la anterior, consistió en que la imposibilidad de adaptación, a través de un proceso de reforma, de la monarquía absoluta condujo a ésta a un callejón sin salida y precipitó el desenlace revolucionario. Y la tercera, consecuencia de las dos precedentes, fue la deriva de los distintos gobierno revolucionarios hacia la conformación de sistemas de poder basados en el reino del terror y la sangre. Como dice el autor, “los políticos radicales de 1789 (con gran habilidad retórica) volcaron estas quejas en el gran horno de la ira”.

De hecho, la obra circunscribe prácticamente el análisis de la Revolución francesa al período 1789-1794; esto es, hasta la implantación de la República del Termidor (1795), que se impuso ante un pueblo exhausto de contiendas civiles, de guerras y del funcionamiento frenético de la machine dedicada permanentemente a cortar cabezas (la guillotina), principalmente –aunque no de forma exclusiva- durante los años 1793 a 1794. Tampoco ese paréntesis constitucional resolvería el problema de fondo. Simplemente, allanaría la llegada al poder de Napoleón Bonaparte.

Se puede afirmar que las dos aportaciones de Schama consisten en que, por un lado, la Revolución –tras esos seis primeros años- no cambió realmente tanto las cosas como se ha defendido por la historiografía contemporánea: “El Antiguo Régimen no fue una sociedad que avanzaba chocheando hacia la tumba: lejos de parecer moribunda, pueden hallarse signos de dinamismo y vitalidad adondequiera que el legislador mire”. Y, por otro, que el período del Terror revolucionario fue ciertamente una etapa de una violencia extrema (aunque territorializada), basada –como decía Saint-Just en que “la república consiste en el exterminio de todo lo que se le opone”. La radicalización del proceso revolucionario terminó devorando no solo a sus enemigos naturales (aristocracia, burguesía, clero, etc.) sino a la práctica totalidad de los propios gobernantes revolucionarios, que terminaron ofreciendo sus cabezas al ritmo frenético de la machine. Como dice el autor: “Se guillotinaría a la democracia revolucionaria en nombre del Gobierno revolucionario”. No deja de ser paradójico que el impulsor de tan eficaz instrumento de decapitación continua, el doctor Guillotin, propusiera tal aparato con fines puramente filantrópicos y humanitarios, pues tal mecanismo era, además de un sistema basado en un estatus igualitario, un método rápido y quirúrgico que evitaba inútiles sufrimientos y provocaba una ejecución digna. Equiparaba a las personas procedentes de la realeza, a los nobles o las autoridades con malhechores o delincuentes. Signo de “igualdad”.

La obra de Schama es monumental por su extensión y extraordinaria por el pulso narrativo que, a mi juicio, crece de forma evidente conforme el libro se adentra en los años críticos de la Revolución francesa, especialmente en el período que transcurre desde 1791 a 1794. La primera parte de la obra se recrea en los antecedentes, sobre los que, como ya se ha dicho, se basa una de las tesis fuertes de la obra: la gestación de la Revolución francesa estaba incubada en los decenios y años precedentes. Allí se advierte la derrota de la reforma constitucional y el asentamiento paulatino de las bases revolucionarias. Las instituciones de la monarquía absoluta, tras no pocos titubeos en un contexto de compleja crisis económica, social y política, perseguían, a través de determinadas propuestas de algunos Parlaments y de los Cahiers de doléances, una reforma constitucional y, sin embargo, “lo que consiguieron en cambio fue una revolución”. Las expectativas se frustraron pronto. Fruto de tales contradicciones, “la retórica revolucionaria mostró un tenso timbre de alegría y cólera”. Francia se dividió en patriotas y traidores. Con el paso del tiempo, el círculo de los primeros se fue estrechando y el de los segundos ampliando. Las secuelas fueron obvias: Il faut de sang pour cimenter la révolution, como dijo Madame Rolland.

Los capítulos dedicados al Terror (y al “Gran Terror”) son probablemente lo más logrados de la obra, pero en absoluto desmerecen otros tales como la desmitificación de la toma de La Bastilla o el dedicado a “La Marsellesa”, por solo citar dos de ellos. El libro comienza con la referencia, entre otros, de dos personajes políticos que reaparecen en 1830 tras la definitiva caída de los Borbones: Talleyrand y Lafayette. Dos testigos de la Revolución francesa, aunque ausentes de los años más duros (uno en el exilio y el otro en prisión). En la obra vuelven a ser citados en numerosos pasajes. Políticos incombustibles, aunque de muy diferente factura. Junto a ellos desfilan un número amplísimo de personajes políticos, muchos de ellos con el destino común de morir en la guillotina, pero de muy distinta procedencia ideológica (Luis XVI, María Antonieta, Danton, Robespierre, Saint-Just, Desmoulins, Hébert, etc.), alguno otro fallecido en los primeros pasos de la Revolución, como el impactante Mirabeau, otros suicidados (como parece ser el caso de Condorcet) o asesinados, como Marat, mientras que los menos sobrevivieron a ese período de combustión revolucionaria y baños de sangre (como fueron los casos de Talleyrand, Sieyès o el propio Lafayette). La descripción de algunos de estos personajes políticos (y otros que no se citan) es sencillamente magnífica. Las mujeres, unas anónimas y otras expresamente mentadas (Madame Stäel, Olympe de Gouges, Charlotte Corday, por solo traer tres ejemplos a colación, aparte de María Antonieta), tienen su protagonismo en esas páginas de la historia de la Revolución francesa.

Pero si algo quisiera destacar de esta obra, que ciertamente no se prodiga en exceso en el ámbito del análisis institucional, es una de las tesis finales allí recogidas, donde se hace hincapié en que el pésimo diseño (fruto de las convulsas circunstancias) entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo supuso la ruina de cualquier intento de ordenar cabalmente un sistema de separación de poderes que pudiese tener como fuente inspiradora el modelo anglosajón de checks and balances y, más concretamente, en su versión parlamentaria inglesa. Estas son las palabras de Simon Schama:

“Lo que destruyó a la monarquía fue su incapacidad para crear instituciones representativas gracias a las cuales el Estado pudiese aplicar su programa de reformas. ¿La Revolución actuó mejor? En un plano, la sucesión de legislaturas electas de los Estados Generales a la Convención Nacional fue una de las innovaciones más impactantes de la Revolución. Llevaron el intenso debate acerca de la forma de las instituciones gubernamentales francesas (…) al escenario de la propia representación y estructuraron sus principios con una elocuencia inigualable. Sin embargo, pese a todas sus virtudes como escenarios de la disputa, , ninguna de las legislaturas resolvió nunca la cuestión que había torturado al Antiguo Régimen: ¿cómo crear una asociación viable y eficaz entre el ejecutivo y la legislatura? Tan pronto como la Constitución rechazó la propuesta ‘británica’ de Munier y de Mirabeau, que consistía en extraer de la asamblea a los ministros, dejó de considerarse el ejecutivo como el Gobierno del país (…) y empezó a vérsele como una ‘quinta columna’ propensa a subvertir la soberanía nacional. Con ese fatal comienzo, las secciones Utila y legislativa de la Constitución de 1791 se limitaron a acentuar la guerra que se hacían la una a la otra hasta su mutua destrucción en 1792. El Terror invirtió eficazmente los elementos del problema, al poner a la Convención bajo la égida de los comités; pero aun así imposibilitó cambiar los gobiernos como no fuera mediante el uso de la violencia”.

Si algo enseña la obra del profesor Schama es que los procesos revolucionarios no son cortes lineales, sino que se incuban a lo largo del tiempo, algunas veces durante décadas o años. Y que en tales contextos las decisiones equivocadas, cuando no aquellas decisiones aplazadas constantemente, también las de política institucional, pasan facturas enormes e irreparables. Son, por tanto, factores que labran el terreno insurreccional o, al menos, la desestabilización político-institucional, sin que, una vez destruido ese escenario, sea fácil reconstruir otro alternativo. El ciclo de la ira, el odio o, incluso, la violencia se pone en marcha. Y nadie sabe ya cómo pararlo.

Una lectura, por tanto, muy recomendable no solo para quienes disfruten de la historia, del ensayo o del pensamiento político, sino también para todos aquellos que desempeñen responsabilidades públicas. Se aprende mucho. Schama adorna toda su obra con una cultura desbordante y con innumerables detalles de aspectos que pueden parecer nimios, pero que tienen gran relevancia. A pesar de los doscientos treinta años transcurridos, todavía muchas de sus lecciones tienen innegable actualidad. La Revolución francesa marcó un hito, pero lo cierto es que, por motivos de un complejo contexto, derivó circunstancialmente en la dictadura del Terror, período que solo fue un preludio de otras muchas dictaduras que vinieron después, algunas mucho más crueles cuantitativamente hablando. Y lo cierto es que, dada la proximidad relativa de todos esos acontecimientos, nadie nos puede decir que la humanidad esté libre, aunque sea temporalmente, de volver a descender hacia aquellos infiernos. La buena política sirve para evitar esos catastróficos escenarios, la mala irresponsablemente los puede llegar a alimentar. Apenas sin darse cuenta. Y eso es lo peor: por pura ignorancia.

 

NOTA FINAL: Aunque esta reseña fue inicialmente publicada en este Blog hace más de una semana, por motivos técnicos no se ha podido reproducir para los suscriptores hasta el día de hoy (25 de agosto de 2019). Se indica esto porque en el día de ayer el suplemento «Babelia» del diario El País publicaba una larga recensión del profesor e historiador Carlos Martínez Shaw sobre esta misma obra. Tal recensión es bastante crítica con el contenido del trabajo de Schama. Una parte de las razones para censurar algunos aspectos de la obra que se exponen en la reseña del citado profesor pueden compartirse. En cualquier caso, el profesor Carlos Martínez Shaw censura la pretensión de Schama de desmitificacar algunos aspectos de la Revolución Francesa. No cabe duda que tal evento supuso un cambio cualitativo de notables dimensiones en el ámbio social y político, aunque menos perceptible en otras. En eso la crítica debe aceptarse, aunque debería matizarse en algunos puntos, pues Schama da también argumentos de peso para enfriar algunas de las tesis hasta entonces dominantes. En todo caso, si en algo no contribuyó la Revolución Francesa -y en ello discrepo del citado profesor- es a la implantación de modo efectivo el principio de separación de poderes. Ciertamente, lo recogió formalmente, pero lo que se asentó en el continente europeo a partir de la Revolución de 1789 fue una noción empobrecida de tal principio, muy distante de la concepción anglosajona del checks and balances,  con un poder Legislativo inicialmente omnipotente, un Ejecutivo vicarial (salvo en los momentos dictatoriales y de bonapartismo) y un Poder Judicial en la práctica inexistente, que no podía controlar ni las Leyes ni a la propia Administración.  Probablemente la pretensión de trasladar el modelo parlamentario inglés no tuvo valedores de peso (tras la muerte de Mirabeau), y tal como evolucionaron los acontecimientos era una tesis probablemente inaplicable a la realidad francesa del momento. Pero lo que sí es obvio es que la concepción de Montesquieu del principio de separación de poderes no fue seguida por los revolucionarios franceses, cuya fuente de inspiración fue inicialmente Rousseau y, más lejanamente, Mably, como expuso en su día Carl Schmitt. En ese esquema institucional, con las excepciones señaladas, la soberanía del Parlamento estaba fuera de toda duda. Y, aunque esto no lo expresa con la claridad debida el profesor Schama, la separación de poderes se configuraba como una división formal de las tres ramas, pero dependiendo las dos restantes de esa supremacía del Legislativo, que impidió de facto la construcción de un concepto de Constitución que fuera más allá de un documento de organización política sin valor normativo. Esto, al menos, hasta la aparición en escena, ya en pleno siglo XX, de la juisticia constitucional.

EL (AUTO)GOBIERNO DEL PODER JUDICIAL

 

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“La independencia institucional se configura como una condición necesaria para asegurar la eficacia de la función jurisdiccional y obviar, así, el déficit de consenso (o de legitimidad) que a ella viene estructuralmente asociado”

(Carlo Guarnieri, Patrizia Pederzolo, La magistratrura nelle democrazie contemporanee, Laterza 2002, p. 31)

 

Estos últimos días los medios de comunicación, principalmente la prensa escrita, viene señalando que la parálisis política (que corre riesgos de eternizarse) está afectando gravemente a la renovación de determinados órganos constitucionales, entre ellos al Consejo General del Poder Judicial, actualmente en prórroga, a pesar de lo cual está adoptando determinadas decisiones que levantan polémica. Ante las informaciones y reportajes que se han difundido en los que se hace hincapié, depende la orientación ideológica del medio de comunicación, en la necesidad de renovar ese Consejo General del Poder Judicial por los métodos tradicionales (acuerdos entre partidos) o a través de la elección directa de los jueces y magistrados (por lo que afecta a los 12 miembros de extracción judicial), en el presente texto se apuesta por acudir a una vía distinta que refuerce la legitimidad de una institución erosionada por un diseño constitucional erróneo y una práctica gubernamental muy discutible. Para ello he recuperado algunos extractos, con incorporaciones e ideas nuevas, de un texto escrito publicado en el libro colectivo editado por Felipe González, Gerson Damiani y José Fernández-Albertos ¿Quién manda aquí? La crisis global de la democracia representativa (Debate, 2017). La pretensión de estas páginas es, por tanto, intentar corregir lo que algunos verán como imposible: abrir un debate sobre la necesidad de salir del círculo diabólico politización/corporativización en el nombramiento de vocales y que los medios de comunicación y los responsables políticos sepan realmente de qué están hablando cuando de renovar una institución como el Consejo General del Poder Judicial se trata. Batalla perdida, tal vez. Pero cabe insistir. Es necesario para mejorar en alguna medida la calidad de nuestras instituciones públicos. Una tarea imprescindible. Más en estos complejos momentos.

El gran debate abierto en el proceso de construcción del Estado Liberal en el continente europeo, en lo que afectaba al Poder Judicial, consistió en cómo frenar de una vez por todas las interferencias del Ejecutivo en la gestión del estatuto del juez y, asimismo, de forma indirecta, en las injerencias que aquel pretendía tener en el ejercicio de la función jurisdiccional. Salvaguardar, por tanto, el principio de separación de poderes.

La batalla principal que llevará a cabo el Poder judicial, especialmente durante el siglo XX, es cómo desligarse –siquiera sea parcialmente- de las garras del Ejecutivo y conformar un sistema de autogobierno judicial, que evite interferencias y ponga a resguardo de la política el ejercicio de esa función jurisdiccional. Se trataba, en suma, de una lucha por la independencia judicial frente al resto de poderes, en particular frente al Poder Ejecutivo.

Tras algunos antecedentes remotos que ahora no procede citar, los Consejos de la Magistratura tuvieron acomodo primero en la Constitución italiana de 1948 y después en la Constitución de la V República francesa de 1958. El modelo de autogobierno judicial basado en un órgano constitucional específico se termina imponiendo en aquellos países que en el continente europeo disponen de sistemas burocráticos de judicatura, con la finalidad de reafirmar la independencia del Poder judicial y sustraerlo, así, de la zona de control o de influencia del Poder Ejecutivo. Se puede decir, por tanto, que este sistema de autogobierno del Poder judicial es fruto de una determinada concepción del modelo de separación de poderes y consecuencia, asimismo, de la existencia de un Poder Judicial con facultades mucho más limitadas en lo que afecta al control judicial que el modelo existente, por ejemplo, en Estados Unidos.

Sin embargo, una vez optado por garantizar el autogobierno judicial a través del reflejo constitucional de una institución de esas características, el problema se sitúa en el modo y manera de fijar su composición (así como, sobre todo, su sistema de nombramiento) y sus funciones. No hay un esquema cerrado en lo que a composición de estos órganos se refiere, pero la nota principal es que la composición dominante (cuando no exclusiva) es la que descansa sobre jueces y magistrados. Se parte, así, de una ecuación incorrecta que implica un falso resultado: Poder judicial es igual a jueces y magistrados. Esta concepción viene lastrada, sin duda, por el modelo corporativo-burocrático imperante en la judicatura de esos países continentales europeos. Y ello comporta que, todo lo más, se admita que en esa institución de autogobierno puedan tener cabida (siempre en porcentaje menor) otras sensibilidades profesionales que trabajan en el ámbito de la Administración de Justicia o que tienen conocimientos sobre la misma (Ministerio Fiscal, Abogados, personal al servicio de la Administración de Justicia, profesores de Universidad, etc.). La lucha soterrada entre “togados” (magistrados y jueces) y “laicos” (otras profesiones jurídicas) se ha ganado, por lo común (al menos en los países europeos), claramente por los primeros. Los asuntos del autogobierno judicial parecen solo importar a los jueces y magistrados. No al resto de los mortales.

Una vez más, mediante esa presencia selectiva, la impronta corporativa marca el sello de tal composición del órgano: los problemas de la justicia parecen afectar solo a jueces y magistrados o, como mucho, también a otras profesiones jurídicas. Llama poderosamente la atención que la ciudadanía, receptora última de las prestaciones del servicio público de la Justicia, sea absolutamente ignorada en este esquema institucional.

Y, para suplir ese déficit, no vale con que se argumente que tales miembros de esos Consejos de la Magistratura (en España, del Consejo General del Poder Judicial), sean elegidos por el Parlamento. Eso es así en algunos casos y no en otros. El modelo de composición de los Consejos, sea cual fuere su sistema de nombramiento, se encuentra dominado por la fuerte presencia corporativa, junto con una no mayor presencia del modo politizado de elección. Con ello no se logra una legitimidad democrática de la institución, sino –depende cómo se lleven a cabo tales propuestas de nombramientos- lo que realmente se produce es una captura indirecta del órgano de autogobierno por la propia política. Si la elección depende de los propios jueces, la batalla corporativa está servida, pues identifica falsamente –como veíamos- Poder judicial con jueces y magistrados. El modelo resultante en este caso es ranciamente corporativo. Si la opción es por un modelo electivo de corte parlamentario, el modelo fácilmente deriva –como se puede ver en el caso de España- en una presencia elevada de la politización del órgano (reparto de vocalías entre los partidos políticos). No es fácil buscar puntos de equilibrio, pero habría que intentarlo.

Dicho en términos más precisos, ni el Poder judicial puede ser comprendido como una manifestación exclusiva de jueces y magistrados elegidos por el Parlamento, ni tampoco como un poder auto-elegido por los propios jueces y magistrados, cuyos problemas y temas interesan solo a la comunidad de juristas y no al resto de los ciudadanos. En ninguna de las dos soluciones convencionales se aporta savia nueva al problema originario de la legitimidad democrática del Poder judicial. Decir lo contrario es engañarse.

Por tanto, estos órganos de gobierno o de autogobierno del Poder judicial parten de un déficit de legitimación, solo paliado en parte (y con las disfunciones expuestas) por su extracción parlamentaria. Sin embargo, la intervención parlamentaria puede derivar fácilmente en un problema más que en una solución. En efecto, esta intervención de la política en tales nombramientos, como es el caso de España, ha dado unos resultados pésimos y conducido al órgano constitucional (CGPJ) a un grado de deslegitimación social y política particularmente intenso en algunos momentos de su existencia. La solución alternativa que se propone, la elección directa de sus miembros exclusiva (o parcialmente) por jueces y magistrados, tampoco refuerza la legitimidad democrática de la institución (más bien la reduce), aunque evita los efectos perversos de una politización mal entendida, pero asienta firmemente el corporativismo judicial hasta límites poco razonables.

Como bien expuso Alejandro Nieto, en España es difícil hablar propiamente de la existencia de un Poder judicial, “por mucho que lo diga la Constitución”, pues en verdad lo que se tiene es “un simple servicio público denominado Administración de Justicia”. Así, “una institución que carece de independencia y está atendida por funcionarios públicos no puede reconocérsele en verdad la condición de Poder constitucional”. A todo ello, además, se añade un marco contextual que agrava notablemente el diagnóstico, puesto que –como también precisa el profesor Nieto- “la administración de justicia ha estado siempre patrimonializada por dos grupos concurrentes: el político y el corporativo. Políticos y funcionarios –concluye- han considerado a la Justicia como un patrimonio propio y sin escrúpulos la han instrumentalizado a su favor, aunque nunca de igual manera y en las mismas proporciones”

Las respuestas o soluciones institucionales frente a estos problemas no son fáciles de aportar. En el caso de España –tal como veíamos- la situación es diametralmente distinta. El diseño constitucional del modelo es muy malo, realmente pésimo: con veinte vocales (12 elegidos entre jueces y magistrados, 8 elegidos por las Cámaras entre “juristas de reconocida competencia” con más de 15 años de actividad profesional), quienes elegirán una Presidencia (ahora también, tras la última reforma, una Vicepresidencia). Esa estructura institucional conforma un órgano elefantiásico para el desarrollo de unos cometidos funcionales bastantes pírricos. Las propuestas que se están barajando de reforma en este último período en el mercado político siguen imbuidas por el péndulo de corporativización/politización. Las fuerzas políticas no saben salir de esa dicotomía diabólica. Y los medios de comunicación se contaminan de ella.

La elección asimismo de los 12 jueces y magistrados por las Cámaras se impuso, en efecto, en el año 1985 como algo no prohibido expresamente por la Constitución (como recordó en su día el Tribunal Constitucional en su sentencia 108/1986), pero ello tuvo como consecuencia inevitable la captura total del órgano de autogobierno judicial por la política: se produjo un reparto grosero de los puestos de vocales del Consejo entre las asociaciones judiciales afines o próximas a los dos partidos mayoritarios, así como el reparto subsiguiente del resto de sillas entre “juristas de reconocida competencia” con vínculos estrechos (cuando no puros militantes de los partidos o “ex altos cargos” de la Administración correspondiente) de aquéllos vocales con los grupos políticos que proponían su nombramiento. El resto, como consecuencia inevitable de ese modelo “politizado” de nombramiento, ha sido un cúmulo de crisis institucionales (algunas de una importancia inusitada), que han terminado por erosionar completamente la pobre y desvaída imagen que la ciudadanía tenía de tal institución. El problema se complica en el actual contexto, puesto que son muchas más las fuerzas que quieren participar en el reparto y pocos los sillones a ocupar (8 de juristas “de reconocido prestigio”). Un sistema que tiende al chalaneo.

Uno de los roles típicos de estos Consejos de la Magistratura es, precisamente, el de garantizar un reclutamiento o una selección de los jueces no condicionada por el propio Ejecutivo. Allí donde hay Consejos de la Magistratura, al menos en Europa, estas instituciones juegan un papel importante (en algunos casos exclusivos) en los procesos de selección de jueces. Esto es así en Bélgica, Francia e Italia, por ejemplo. Algo más matizado, por la convergencia con la pruebas de acceso a la “carrera fiscal”, en España, donde el papel del Consejo (competente en la selección de jueces) se comparte con el del Ministerio de Justicia (competente en la selección de fiscales). Y aquí se mezcla todo. Una vez más el principio de separación de poderes sale perdiendo. Pero hay modelos de Consejos que ponen más el énfasis en la política de nombramientos para las altas responsabilidades judiciales como son las correspondientes a los tribunales superiores. En ambos casos, nombramientos iniciales o “promociones” (dado que estamos ante un sistema de carrera, con pocas excepciones), el papel del Consejo es determinante en los modelos burocráticos de la judicatura.

Cabe concluir. Y, para ello, volvamos de nuevo la mirada hacia España. El modelo institucional del Consejo del Poder Judicial, un órgano constitucional sin memoria histórica (se renueva en su totalidad cada cinco años) y con número exagerado de vocales que “deliberan” y no ejecutan (a pesar de la reciente creación de la Comisión Permanente), ha mostrado fehacientemente sus enormes limitaciones[2]. Su funcionamiento ha estado marcado por una politización intensiva, aunque a veces silente o poco expresa, si bien en momentos puntuales descarada o evidente. Además, en estos momentos lleva varios meses en prórroga sin que se atisbe su próxima renovación. Este es un país de instituciones en funciones. La parálisis manda.

Pero los remedios a esa politización no pueden hallarse en acentuar su carácter corporativo, como frecuentemente se invoca (y así se hacía en una reciente proposición de Ley Orgánica de reforma de la LOPJ). Posiblemente en este caso los jueces y magistrados estén “más cómodos” gestionando ellos mismos su propio estatuto y la política judicial (“los trapos sucios se limpian en casa”), cómo si ambas cosas no afectaran a la ciudadanía. Pero ese modelo endogámico no mejorará la calidad democrática ni la confianza de los ciudadanos en esa institución judicial, que sigue mostrando signos acentuados de ocultismo, por mucha propaganda de transparencia que se airee. Ninguna de las dos soluciones es idónea en estos momentos.

Hay que buscar fórmulas de elección de vocales del Consejo de Poder Judicial que no esté preñadas por la política, ya sea asignando tales cometidos a una Comisión independiente o ya sea también estableciendo exigencias profesionales para poder aspirar a tales puestos, que no sean solo años de ejercicio profesional, sino especialmente una acreditación de competencias profesionales, entre las que cabría destacar los puestos de gestión profesional en el ámbito de la Justicia o de la Administración Pública o, en su caso, privada. Hay que crear Comisiones de propuesta de candidatos que lleven a cabo esas funciones con independencia e imparcialidad. O atribuir tales funciones a un órgano ya existente (por ejemplo, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno o el Defensor del Pueblo, siempre que sus titulares se elijan por los mismos procedimientos), dotándolo de medios. En todo caso, se han de establecer requisitos que impidan acceder a tales designaciones a aquellas personas que hayan pertenecido o pertenezcan a partidos políticos o sindicatos, o que hayan desempeñado cargos representativos de carácter electivo o cargos de designación política en las Administraciones Públicas o en órganos constitucionales o autoridades independientes. Ello cerrará el paso a muchas personas, pero al menos hará efectivo el principio de imparcialidad objetiva, logrando que la ciudadanía no dude en ningún caso de la legitimidad de tal institución por las sospechas fundadas o no de parcialidad en el ejercicio de tales cargos de quien llega a tals responsabilidades con mochila política incluída. Solo con estas medidas daríamos un paso de gigante en la renovación (o regeneración) democrática de nuestras instituciones. Ahora representada por el CGPJ.